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El gobierno mejorará la fiscalidad de los alquileres con opción a compra

Cuando un promotor alquila una vivienda con opción a compra a un inquilino, este último paga el alquiler durante un tiempo pactado (normalmente entre dos y cinco años) y tras ese tiempo debe decidir si compra la casa o no

El dinero desembolsado durante el alquiler se suele descontar en el precio final de la vivienda, bien en su totalidad o bien en el porcentaje que pacten ambas partes

El problema para el inquilino es que la fiscalidad que asume el inquilino es poco atractiva. Debe pagar un 16% de IVA sobre el alquiler mensual y si finalmente compra el piso pagará un 7% sobre el precio. Por ello, lo que ya ha pagado queda tributado al 16% y debe pedir su devolución a hacienda

Sin embargo, si no ejecuta la compra no recupera ese dinero

Por ello, es más que improbable que el Gobierno al revisar la normativa opte por dejar también exento de IVA los alquileres con opción a compra de viviendas nuevas porque ello implicaría que el promotor no podría deducirse el IVA soportado. El remedio sería peor que la enfermedad

Los expertos defienden que la postura más beneficiosa y 'neutra' pasa por rebajar del 16% al 7% el IVA que se aplica al alquiler de vivienda con opción a compra, equiparándolo a la compra de viviendas nuevas
 

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14 Comentarios:

Anonymous
27 Enero 2009, 10:28

Esta vez han tardado menos que en equiparar la fiscalidad entre compra y alquiler, que se tiraron años sin hacerlo

Anonymous
27 Enero 2009, 11:01

Los promotoresLas dificultades para arrendar viviendas nuevas

A los promotores no les acaba de gustar esta opción por varias razones:
1) en este tipo de contratos, si el inquilino pasados dos años no ejecuta la compra, puede quedarse de alquiler otros 3 años como inquilino
2) esto les cierra la puerta poder venderlo en ese tiempo aunque sin embargo tienen que pagar los gastos de hipoteca
3) si pasados 2 o 5 años, el inquilino no se queda con la casa, el promotor tiene para vender una vivienda que ya no es nueva, sino de 2ª mano

francisco
27 Enero 2009, 13:53

In reply to by promotor valenciano (not verified)

Los nuevos modelos de " contrato con opción de compra", no  están pensados para las promotoras, sino para las inmobiliarias de los bancos( miles de pisos de devuelve martinsa-fadesa, llanera, habitat, nozar, metrovacesa y otras) 
Los bancos con sus miles y miles de pisos embargados, recibidos por dación de pago y el resto que no puede pagar y lo devuelve, son los miles de contratos nuevos de alquiler y a lo sumo de alquiler con opción de compra.
Cuidado promotores, no hagan dichos modelos de contrato, más vale que rebajen entre el 15-30% y cubran gastos y vender, antes de que nos lleguen los pisos de miles y miles de titularidad financiera.
Es una opininión, que como dijo ayer nuestro presidente:
---------   pude equivocarme,  pero no engañé  ------- ;)

avaldehp@hotmail.com
27 Enero 2009, 19:35

Lo que debe hacer el gobierno es mejorar la fiscalidad del alquiler, tanto para inquilino como para casero, y eliminar totalmente la deducción por compra de vivienda, al menos para las nuevas compras.

Anonymous
30 Enero 2009, 15:38

Cual es la fuente de esta noticia?
Mejor informarse un poco antes. El arrendatario de una vivienda, en un arrendamiento de vivienda habitual, sea o no sea promotor el arrendador, nO PAGA IVA

Anonymous
31 Enero 2009, 1:28

In reply to by anónimo (not verified)

Eso, eso, mejor que te informes un poco. Cierto que en un arrendamiento de vivienda habitual no se tributa IVA, pero en un "arrendamiento con opción de compra" el arrendatario pagará el 16% IVA.

Anonymous
30 Enero 2009, 17:54

Hola me gustaria que alguien si sabe del tema me informara , yo en el mes de octubre adquiri una vivienda de alquiler con opcion ha compra , cuando firme di una entrada de 20 mil euros y pago mensualidad de700 euros al mes durante 3 años , tengo una pregunta yo hace dos años vendi una propiedad y tenia dos años para hacer la inversion del dinero ganado con ella o si no pagar un 18 %  hacienda , como he  dado una entrada con opcion ha compra si aun asi tengo que pagar ese 18% a hacienda o por el contrario no ya que el veneficio lo inverti en la vivienda que tengo actualmente , me gustaria saber cosas sobre esto , mi contrato tengo estipulado que me hago cargo de todos los gastos del piso como , comunidades, contrivucion y como es nuevo el piso tambien el alta de los contadores de luz y agua  aver si alguien me pudiera ayudar
 un saludo

Anonymous
31 Enero 2009, 1:46

In reply to by anónimo (not verified)

Entiendo que si has "alquilado con opción de compra", hasta que no confirmes la "opción" no has comprado y con ello me temo que deberas tributar por tu ganancia patrimonial. En cualquier caso habria que leer tu contrato con deteniemiento pues tal como lo comentas también podria tratarse de una "venta con pago aplazado".

Anonymous
3 Febrero 2009, 23:46

In reply to by anónimo (not verified)

Para concretar habira que leer el contrato y saber exactamente a que corresponden esos 20.000,-euros.
Pero como norma general uno deja de pagar por el incremento obtenido en la venta de su anterior vivienda habitual, al tipo del 18%, siempre y cuando en el plazo de dos años adquiera la propiedad de su nueva vivienda habitual.
No valen pagos a constructoras o reservas de vivienda, que no dan título de propiedad con lo que uno "no adquiere nada". la adquisición lleva implicito ser propietario.
Pero insisto......    habría que leer el contrato

Anonymous
12 Abril 2009, 10:45

In reply to by anónimo (not verified)

Me puedes informar de cuanto pagaste de itp, por favor?

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