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Las entidades bancarias tendrán que informar cada año y "de forma sistemática" a la administración tributaria de los movimientos de efectivo o pagos con tarjetas superiores a 3.000 euros que realicen empresarios o profesionales para luchar contra el fraude fiscal

El consejo de ministros ha aprobado el real decreto con el que se modifican determinadas obligaciones tributarias y de información para “aumentar la eficacia de la lucha contra el fraude fiscal”. Así, se efectuará un seguimiento “más ágil y eficaz” de las disposiciones, pagos y cobros que se realicen en metálico a través de entidades bancarias cuando superen los 3.000 euros en su cómputo anual. La agencia tributaria ya puede acceder a esta información  pero con el nuevo real decreto se sistematiza esta transferencia de datos

En cuanto a operaciones referidas a bienes inmuebles los notarios deberán identificar “claramente” las formas de pago empleadas: dinero en metálico, transferencia, domiciliación o cheques

Las modificaciones buscan también impulsar las relaciones electrónicas entre la administración y los ciudadanos, así como simplificar los trámites. En materia de notificaciones tributarias, el real decreto introduce un nuevo artículo destinado a adaptar a la ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, con el que se regula la posible atribución de una dirección electrónica a entidades y personas físicas
 

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