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Ante las dificultades para llegar a fin de mes, cada vez más ciudadanos recurren a alquilar una o varias habitaciones de su casa. Se trata de una práctica extendida pero que suele generar dudas entre arrendatarios y arrendadores. En este nuevo capítulo de nuestra guía sobre alquiler, te contamos cómo se regula el alquiler de habitaciones, qué debe recoger el contrato o cómo afecta de cara a hacienda para que puedas alquilar una habitación de manera legal con total tranquilidad

El alquiler de habitaciones se regula por el código civil

En primer lugar, debes saber que el alquiler de habitaciones se regula por el código civil , a diferencia del alquilar de viviendas completas, que lo hace mediante la ley de arrendamientos urbanos (lau). La principal implicación de este punto es que la duración del contrato del alquiler de una habitación será exactamente la que se pacte en el contrato, no habiendo derecho a prórroga por parte del inquilino como ocurre en el alquiler de una vivienda en su totalidad

Al no regirse por la lau y sí por el código civil, otras particularidades del alquiler de habitaciones es que en caso de venta de la vivienda, el contrato de alquiler de la habitación podría ser extinguido y que además el inquilino no tendría derecho de adquisición preferente de la casa, lo que sí ocurre en el caso de que se quiera vender una vivienda alquilada íntegramente

Cómo redactar el contrato para el alquiler de una habitación

El contrato entre arrendador y arrendatario es recomendable que quede reflejado por escrito. Para que no surjan después conflictos, debe estar firmado por ambas partes y recoger diferentes aspectos como:

- Qué habitación exactamente es la que ocupará el inquilino
- El precio y la forma de pago
- La duración del contrato
- Qué servicios se incluyen en el alquiler (derecho a cocina, teléfono, Internet, etc) y cómo se repartirá el pago de los gastos extra que pueda haber
- Si el arrendatario puede subarrendar o no, a su vez, la habitación, ya que según el código civil si el contrato nada indica, el arrendatario sí podría subarrendar a su vez la habitación

Pese a estas recomendaciones generales, es conveniente que un profesional revise el contrato antes de firmarlo para resolver cualquier duda y suspicacia que pueda surgir entre las partes
La fiscalidad del alquiler de habitaciones

Aspectos fiscales de interés para el arrendador

El arrendador debe declarar a hacienda  el beneficio que obtenga con el alquiler de la habitación en todo caso, independientemente del coste de la habitación o de quién sea el inquilino. Pero esto no significa que tenga que salir caro: el arrendador podrá deducirse entre el 60% y el 100% del dinero obtenido en función de la edad y los ingresos del inquilino, tal  como indica el artículo 23 de la ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas

- Si el inquilino tiene entre 18 y 30 años y unos ingresos netos superiores al valor del iprem (7.455,14 euros actualmente), el casero puede deducirse el 100% de las rentas obtenidas
- En caso contrario, el propietario disfrutará de una reducción del 60% de la renta percibida si el contrato se celebró a partir del 1 de enero de 2011 o del 50% si tiene fecha anterior

Hay que precisar que si el propietario utiliza la vivienda como su residencia habitual y se desgrava el pago de la hipoteca, el alquilar una o varias habitaciones le implicará rebajar una parte de esta desgravación, la correspondiente a la parte proporcional de uso exclusivo de la vivienda por parte inquilino. Así lo indica la consulta vinculante v1729-07 de la dirección general de tributos

Aspectos fiscales para el arrendatario

La parte negativa para el inquilino que sólo alquila una habitación y no toda la vivienda es que hacienda no lo considera alquiler de vivienda habitual y, por tanto, no permite desgravar por este concepto, aunque por su situación personal y económica pudiera tener derecho en caso de que alquilara la vivienda completa

Si alquilas habitaciones en un piso en el que eres inquilino, avisa al propietario

Si te gustaría arrendar una o más habitaciones de la casa en la que vives pero tú no eres el propietario, sino que vives de alquiler, debes saber que primero tienes que contar con la autorización expresa del propietario de la vivienda, ya que realquilar la casa sin permiso es motivo de rescisión de contrato. Además, el propietario de la vivienda tendrá derecho a exigir una compensación por permitir el subarriendo de parte del inmueble

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Consejos para el casero:

1. ¿Por qué alquilar tu vivienda vacía?

Tener una casa vacía es caro por los gastos fijos que genera y alquilándola puedes obtener una rentabilidad del 4% (leer más)

Consejos inquilino:

1.alquilar una casa mediante un profesional

Algunas ventajas son el asesoramiento a la hora de firmar el contrato o una mayor profesionalización en la gestión (leer más)

2. Claves del casero para alquilar con seguridad

El propietario puede hacer una cuidadosa selección del inquilino o pedir garantías adicionales (leer más)

2.ventajas y desventajas de vivir de alquiler

Puedes vivir en una casa mejor con un mismo presupuesto pero lo malo es la relación con el casero (leer más)

3. El decálogo del propietario para encontrar al inquilino ideal

El propietario debe de publicitar la vivienda o pedir consejo profesional (leer más)

3.¿Qué piso de alquiler te puedes permitir en función de tus ingresos?

Los expertos recomiendan que este gasto no supere el 30% de los ingresos (leer más)

4.descubre qué precio poner a tu vivienda en alquiler

Los factores que influyen son la localización, la oferta existente en la zona o las zonas verdes y deportivas que haya (leer más)

4.conoce los gastos que supone alquilar una vivienda

Además de la primera mensualidad del alquiler también hay que contar con la fianza o la mudanza (leer más)

5. Pasos que debe seguir el propietario para recuperar su piso alquilado en caso de impago

El propietario deberá contactar con el inquilino y después ir al juzgado (leer más)

5. Consejos a la hora de visitar una vivienda de alquiler

Acude con papel y lápiz para apuntar los diferentes detalles de cada casa (leer más)

6. Si alquilo mi piso vacío: ¿Cuánto tengo que pagar a hacienda?

El propietario tiene que declarar los ingresos por el alquiler pero no tiene por qué resultar caro, hay deducciones fiscales (leer más)

6. El papeleo que debe realizar un inquilino para alquilar una vivienda sin sorpresas

Es útil comprobar quién es el propietario del piso que se quiere alquilar o si ha depositado la fianza como exige la ley (leer más)

7. ¿Quién paga las reparaciones de una vivienda alquilada?

Inicialmente el casero debe pagar las reparaciones pero hay casos en que le toca al inquilino sufragar los daños (leer más)

7. Qué negociar con el casero antes de firmar el contrato de alquiler de un piso

Se puede negociar el precio, el pago de los impuestos o las reparaciones y la duración del contrato (leer más)

8.cómo alquilar habitaciones de tu casa de forma legal

Se trata de una práctica extendida ante las dificultades para llegar a fin de mes (leer más)

8. ¿Es posible irse de un piso de alquiler antes del fin del contrato?

Si no se cumple el tiempo pactado el inquilino debe pagar una indemnización (leer más)

 

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35 Comentarios:

11 Marzo 2013, 13:20

Buenos días.
Por favor ¿A que artículos del código civil o de la l.a.u. Me puedo remitir en una demanda contra un huésped de una habitación de mi residencia habitual, que intenta cómo demostrar, no sé para qué, en la suya, que el contrato sólamente verbal que hicimos ha de ser regido por la l.a.u. Y no pro el código civil?
Muchas gracias

11 Marzo 2013, 14:27

Es lo que viene, se acabó el cuento de la lechera....y que viene detras de la zanahoria ?: el palo

Millones de jubilados vendiendo su piso a lo que te dén, para poder pagarse la residencia, pues no habrá pensiones

O compartiendo habitaciones con extraños para pagarse su "no pension"

Ya que no hay repuesto natalicio para mantenerlos... ni para nuevas burbujas piseras

11 Marzo 2013, 16:47

¿Cómo va a soportar este país una generación perdida?
¿Quién mantendrá a la España envejecida que nos deviene?
¿Qué futuro esperamos, sin natalidad, con los jóvenes en edad de cotizar (y procrear) sin trabajo, futuro ni espectativas?
¿Y con una tasa de jubilados cercana al 100% de la población activa?
¿Qué pensamos que puede pasar?

Bienvenido tercer mundo. Ya podemos ir comprando huertos y cochinos, para no pasar hambre.
De siempre se ha dicho que " En tiempos de crisis... en el Campo... se SOBREVIVE mejor "
Con una pequeña pension.. .Con tus gallinitas, conejos, una huerta, por supuesto un gorrino o dos...
Y si ya tienes media docena ovejas ni te cuento... y complementando todo eso con lo que recojas en el campo... leña.. .Setas... nueces... etc,etc,etc... riete del paro y la crisis.

6 Diciembre 2013, 11:56

In reply to by En el Campo. (not verified)

Comparto contigo todo lo dicho. Tienes toda la razón del mundo. Así son las cosas

9 Abril 2013, 22:52

Gràcies per la informació. m'ha sigut molt útil.

10 Julio 2013, 10:57

¿Y los vecinos que tenemos encima de nuestra casa y al lado negocios hoteleros, apartamentos turísticos? ¿Que hacemos nos seguimos marchando de nuestras casas para poder dormir? ¿Seguimos aguantando los ruidos y molestias que generan los grupos de turistas LOW COST que vienen y ván? BASTA!!! PISOS TURISTICOS EN FINCAS DE VECINOS NO!!! Si fuese hacienda, yo revisaría finca a finca de este país, y controlaría quien entra y sale. En los alquileres de apartamentos turisticos, alquileres de habitaciones, en hostales, pensiones y hoteles ilegales, entra y sale muchisima gente que escapa al control de la policia y del "fisco". Sancionaría como en badalona con "500000" euros, los pisos patera, y con toda la buena tajada de dinero que sacara de todo esto, incentivaría a las empresas a contratar, e incentivaría a los emprendedores. El problema principal es que hacienda está perdiendo mucho dinero. Los apartamentos turisticos en edificios de vecinos tienen que PROHIBIRSE. Son muy ruidosos y molestos son hoteles pirata sin normas, sin recepción sobreocupados. Todos deberían de REGULARSE en el mismo bloque con recepción-vigilancia, y no compartiendo vivienda con vecinos que residen habitualmente en una finca. Molestan mucho. En los hoteles legalizados, existe una recepción que echa a los turistas molestos y les dicen que entren despacio cuando lleguen a altas horas de la noche. En los "hoteles turísticos" de edificios de vecinos, se ponen muy rabaneros los turistas, cuando les dices que deseas dormir. La recepción tendria que decirles que tienes derecho al descanso para que no tengas que estar llamando cada dos por tres a la policia. Los turistas de los edificios de vecinos suelen ser bastante bestias, se suelen alimentar de cervezas, bocadillos, cacahuetes y de vino de cartón "don Simón". Los hoteles legalizados, están insonorizados. Los "pisos turísticos" cuando están en edificios de vecinos, no están preparados para tal fin. Yo no viajo nunca, no tengo dinero, y estoy "orgulloso" de no viajar nunca, y de no tener dinero. ¡¡¡Pero tengo derecho al descanso!!!! La gente solo se preocupa por sus intereses y no les preocupan los problemas de los demás. Argumentos que utilizan para defender los apartamentos turísticos: propietarios: "es que de esta manera mucha gente que no tiene dinero viaja, por que no tiene medios para alojarse en hoteles" la realidad, es que los propietarios que alquilan este tipo de "hoteles pirata" ganan mucho "dinero" y no les preocupa si sus turistas molestan con ruido o no, o si vienen de países donde cumplen normas y aquí en España se desmadran.... los propietarios son unos egoístas, que solo piensan en sus intereses. Empresas que alquilan apartamentos turísticos de propietarios: "es que tenemos que meter en un piso a muchos turistas" la realidad, es que de esa manera, sobre-ocupando pisos, los precios son también mas baratos. Se meten mucha gente en un piso por menos dinero y no les preocupa si sus turistas molestan con ruido o no. "Es que no nos gustan los pisos bajos". La realidad, es que ellos defienden sus intereses económicos, y defienden que los turistas tengan derecho a molestar. Y en un edificio de vecinos, si alojan a turistas en pisos bajos, en los pisos de arriba, los vecinos que residen de forma habitual puede molestar a sus turistas. Y los turistas tienen derecho a molestar pero a los turistas no se les puede molestar. Las empresas, que alquilan este tipo de hoteles son unos egoístas que piensan solo en sus intereses económicos. Personas que están de acuerdo: "es que nosotros no vamos a decir al propietarios a quien debe de alquilar o no". La realidad, es que este tipo de persona se alojan en "hoteles piratas" y no quieren que se PROHIBAN. Son personas que no tienen ni un duro, ni donde caerse muertos, quieren aparentar que son "muy pijos". Y como la mayoría "viaja" ellos como buenos borregos sociales, no van a dejar de hacer lo mismo, aunque sea costa de comer bocadillos. Este tipo de personas, también son unos egoístas como la copa de un pino, no son nada solidarios y piensan en sus intereses, hasta que les pasa a ellos, y si les pusieran un "hotel pirata" encima de su casa, entonces si, pondrian el grito en el cielo y entonces si reclamarían que todo el mundo les apoyase... y YA SI QUERRIAN QUE LOS PISOS TURISTICOS EN FINCAS DE VECINOS SE PROHIBIESEN PARA QUITARSE LA MOLESTIA Y EL RUIDO DE ENCIMA...

9 Agosto 2013, 20:51

In reply to by turistas ruido… (not verified)

Es claro que usted ha tenido y tiene problemas con algunas clases de turistas que ocupan las viviendas a lado de su apartamento ... en cambio puedo decirle que en mi experiencia (de joven) de viajar en España a partir del año 1988, se utilizaba mucho dormir "en casa particular" y era una forma de pequeña economia que contribuia bastante en familia que tenian poco dinero. Me acuerdo muchas experiencias de esta forma de hacer turismo particular en la España pobre (pays vascos, Asturias, Cantabria y en pueblo como guernica ecc.) asi tambien en sitios importantes (san sebastian, santander). Hasta el oficina de turismo y los municipios favorecian este tipo de integracion economica de familias pobres y nos acompañaban (a los turistas) hasta esos domicilios. Mia experiencia fue que nunca hemos tenido problemas y nunca mancamos de respecto a las comunidades donde estubimos. Ahora que somos mas pobres en Europa, mucho de nosotros (yo mismo) que no llegaremos a tener una pension pero tenemos un piso o habitaciones vacias tendremos que recuperar recursos para sobrevivir y lo veo muy bien de poder simplemente alquilar a turistas (gente pero que sea respectuosa de los vecinos y de la libertad de los demas). Creo que esto tiene que ser el verdadero sentito de su queja. No impidimos pero pretendemos huespedes y turistas mas respectuosos. Me parece que teniendo en cuenta la crisi del sector inmobiliar el turismo es una industria muy importante por España asi como por mucho otros payses europeo. Enhorabuena y perdonarme mi mal escrito español.

9 Agosto 2013, 20:24

¿Y como alquilar habitaciones cuando se trata de una forma ocasional por ejemplo en periodo de verano o de fiestas y por unos pocos dias?

28 Septiembre 2013, 23:46

A quien pueda interesar:
Me siento totalmente sorprendida y perpleja ante una notificación de Consellería de Turismo diciendo que realizamos una actividad ilegal, ya que nunca ha sido mi intención incumplir con el reglamento de este país,
El que personas se alojan en casas particulares durante sus viajes es una práctica habitual en Europa y en la mayoría de los países del mundo. El estar con familias durante sus viajes les ayuda a conocer mejor la cultural, gastronomía y costumbres del mismo y sentirse como un amigo, un miembro mas de la familia y no un cliente. Todo las personas que deciden venir a nuestro hogar son consciente de que no es un establecimiento hotelero ya que lo que desean es una experiencia personal y cultural.
En Hacianda se me había indicado que existían tres opciones dependiendo del tamaño de la casa, y que siendo mi hogar, solo tenía que declarar los ingresos y pagar el correspondiente IVA. De hecho existe un IAE que se llama Alojamiento Turístico Extrahotelero. Cuando fui a Hacienda a darme de baja del IAE se quedaron a cuadros porque no podían entender porque lo han prohibido y encima dejaran de ingresar mis impuestos.
Tengo una casa tìpica en el tradicional barrio del Cabañal en Valencia y pensé que era un gran ocasión de ganar unos ingresos y poder sobrevivir. Quisiera poder abrir una casa como cualquier casa Rural en España, pero resulta que la ley en España no me deja alquilar habitaciones desde el dia 6 de Junio a través de la LAU, ni abrir una Casa para promocionar la cultura Valencia cumpliendo con unas normativas que no sean leoninas ya que una casa históricas no puede cumplir con lo que se le pide a un hostal ya que solo consta de 4 habitaciones.
Con la nueva Ley solo puede ser Hostal o Pensión y para ello tengo unos requerimientos que no se le exisgen a las casas en los pueblos o rurales, todo por beneficiar el sector hotelero de la costa (exigiendo que para funcionar legalmente tengo que tener baños de minusválido y unas medidas de habitaciones que no son normales en casas antiguas.) Si no tengo dinero para subsistir como voy a tener para reformar toda la casa. , además de que no existe el espacio para ello y que a las casas rurales NO se le exige.
Somos un matrimonio de 61 años, sin ingresos en estos momentos y solo buscábamos una forma de poder salir adelante en esta difícil situación en la que se encentra económicamente el país.
Mi esposo es autónomo y en febrero de este mismo año tuvo que cesar su actividad debido a que le han diagnosticado un cáncer en el hígado y esta en tratamiento, y espera de un transplante.
Debido a que disponemos de una casa independiente en el barrio de Cabañal, pensamos que podíamos alquilar parte de ella sin molestar a nadie, y dar el servicio de limpieza y la experiencia cultural que los extranjeros buscan.

Como nosotros existirán muchísimas familias que están sobreviviendo con estos ingresos. Ruego nos ayude a difundir este abuso de poder que nos ahoga.
No se de otra forma de salir adelante a nuestra edad
Los que alquilamos de forma legal, con contrato, pago a hacienda y protegidos por la ley, (lAU) Ahora nos veremos convertidos en delincuentes. Claro que prefiero ser un delincuente que paga la hipoteca y la comunidad, que un moroso que se puede ir a la calle.
En toda europa es una de las formas mas habituales de irse de vacaciones, pues una familia de 4 o 5 ¿Como pisa un hotel?
¿Es logico?

Quisiera poder contar con el apoyo de los medios para poder crear una gran plataforma con todas las personas de España que están sobreviviendo alquilando habitaciones en su hogar y que ahora se encuentra al desamparado de la Ley.
He abierto una petición en CHANGE. ORG para recaudar firmas
Atentamente
Susana Brieva Suarez
Teléfono 671062863

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