Algunas comunidades autónomas mantienen la desgravación por compra de vivienda para la campaña de la renta 2012, aunque bajo determinados requisitos como un límite de edad, renta o discapacidad
Andalucía: es posible deducirse un 3% en la cantidad abonada por la compra de vivienda habitual pero para ello es necesario tener menos de 35 años y no superar una base imponible de 18.000 euros
Aragón: los contribuyentes menores de 36 años se desgravarán un 5% en caso de compra de primera vivienda
Extremadura: la deducción se mantiene en el caso de jóvenes menores de 35 con una rebaja del 3%
Murcia: la desgravación sigue con un 5% en el caso de jóvenes con una base imponible menor a 24.107 euros
La Rioja: los menores de 36 años obtendrán una deducción del 3 ó el 5% con una base máxima de 18.000 euros
Valencia: la condición para poder optar la desgravación es ser menor de 35 para poder desgravar un 5% de las cantidades satisfechas excepto los intereses. También, las personas con un grado de minusvalía de a partier del 65% pueden obtener una rebaja fiscal del 5% por la adquisición de vivienda habitual
Asturias: los discapacitados pueden desgravarse un 3% con una base máxima de 13.664 euros
Canarias: se mantiene la desgravación sin requisitos de edad o minusvalía, solo de renta, por compra de vivienda habitual y con unos ingresos máximos de 24.107 euros
Castilla León: sigue existiendo de forma universal este beneficio fiscal para inmuebles de nueva construcción y para aquellos contribuyentes con una base máxima de 9.040 euros. La deducción será del 7,5% durante cinco años
Cataluña: conserva la deducción con un porcentaje del 7,5%
Madrid: existe deducción por los costes del préstamo hipotecario si hay incremento por el alza de los tipos de interés. Además, es posible desgravar un 1% por los inmuebles de nueva construcción
Navarra: se reduce en la campaña de este año la deducción anual desde 9.015 a 7.000 euros en tributación individual y desde 21.035 a 15.000 euros en tributación conjunta
2 Comentarios:
Jajaja, pero quien se traga que con 18000 se pueda comprar vivienda?
Este año ya no pueden aplicar a su deducción por vivienda la ley más beneficiosa
Los contribuyentes pueden deducirse el 7,5 por ciento de las cantidades satisfechas en 2012 por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, más las deducciones que le correspondan de acuerdo a la comunidad autónoma de residencia, según la tarifa aprobada en cada una de ellas, tal y como se explicará en próximos días.
A partir del 1 de enero de 2013 se suprime la deducción por inversión en vivienda habitual, estableciéndose un régimen transitorio que permitirá a los contribuyentes que disfrutaban de este beneficio fiscal seguir practicándose la deducción.
En los supuestos de nulidad matrimonial, divorcio o separación judicial, el contribuyente podrá seguir practicando esta deducción por las cantidades satisfechas en el periodo impositivo para la adquisición de la que fue durante la vigencia del matrimonio su vivienda habitual, siempre que continúe teniendo esta condición para los hijos comunes y el progenitor en cuya compañía queden.
Una novedad importante es que los contribuyentes que adquirieron su vivienda habitual antes del 20 de enero de 2006 con financiación ajena y tienen derecho a deducción, no pueden acogerse a la norma actual cuando les resultase más beneficiosa que la de 2006.
Se ha incluido la ganancia patrimonial generada por la dación en pago de la vivienda a los deudores incluidos en el RDL de protección de deudores hipotecarios.
Aunque desde el 1 de enero de 2013 se suprime la deducción por inversión en vivienda habitual y se crea un régimen transitorio que permitirá a quienes venían disfrutando de este beneficio fiscal seguir practicándose la deducción, ésta no favorecerá a quienes aportaron cantidades a cuentas vivienda antes del 1 de enero de 2013.
Por ello, con carácter excepcional, se permite a éstos que, en caso de que no vayan a adquirir la vivienda, y siempre que a 31 de enero de 2013 no hubiera transcurrido el plazo de cuatro años desde la apertura de la cuenta, puedan regularizar en la declaración del IRPF de 2012 las deducciones practicadas hasta el ejercicio 2011 sin intereses de demora. Si no utilizan dicha opción y posteriormente se incumplen alguno de los requisitos, la regularización que, en su caso proceda, deberá incluir intereses de demora.
La deducción por obras de mejora en la vivienda es del 20 por ciento y la base anual máxima de 6.750 euros, pero lo más importante es que la deducción no se limita a la vivienda habitual y el límite anual para acceder a la misma también se ha incrementado desde 53.007,20 a 71.007,20 euros.
Si las obras e instalaciones para adecuar la vivienda habitual se realizan por razón de discapacidad del contribuyente, la base imponible se fija en 12.080 euros. La deducción por obras de mejora en la vivienda habitual se aplica en su totalidad a minorar la cuota íntegra estatal.
En algunas comunidades autónomas se han introducido incentivos para la adquisición y rehabilitación.
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