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Nuevo tipo de interés VPO 2019: rebajas en algunos planes de vivienda revisados
idealista

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado 23 de marzo de 2019 la actualización para este año de los tipos de interés convenidos de las viviendas protegidas pertenecientes a los planes estatales de vivienda 1992-1995, 1996-1999, 2002-2005 y 2005-2008. El interés aplicado ha bajado en algunos casos, lo que redundará en una reducción de las cuotas a pagar de unos 267.605 propietarios de VPO. Esta reducción de los intereses hipotecarios no supondrá un coste para los prestatarios.

Programa 1994 del Plan de Vivienda 1992-1995

Las hipotecas que se concedieron bajo el programa 1994 (plan 1992-1995) pasarán a pagar el 1,79%. Este tipo difiere en más de un punto porcentual del tipo vigente desde 2014: 2,96%.

Por tanto, el tipo de interés efectivo anual resultante de la revisión efectuada en el primer trimestre del 2019, aplicable a los préstamos concedidos por las entidades de crédito, en el marco de los Convenios suscritos con el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, y actualmente con el Ministerio de Fomento, acogidos al Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de diciembre de 1993 para el Programa 1994, será del 1,79% anual.

Este tipo de interés tendrá vigencia a partir de la publicación en el BOE, desde el inicio de la siguiente anualidad completa de amortización de cada préstamo.

Programa 1995 del Plan 1992-1995

Las hipotecas concedidas bajo este programa seguirán pagando el 2,60%. El tipo revisado resultante es del 1,79%, pero este tipo no difiere en más de un punto porcentual del tipo vigente desde 2016: 2,60%. Por tanto, el tipo de interés efectivo anual resultante de la revisión efectuada en el primer trimestre del 2019, aplicable a los préstamos concedidos por las entidades de crédito, en el marco de los Convenios con el Ministerio de Fomento para el Programa 1995, continuará siendo del 2,60% anual.

Programa 1998 del Plan 1996-1999

Las hipotecas concedidas bajo este programa seguirán pagando el 2,60%. El tipo revisado resultante es del 1,79%, pero este tipo no difiere en más de un punto porcentual del tipo vigente desde 2016: 2,60%. Por tanto, el tipo de interés efectivo anual resultante de la revisión efectuada en el primer trimestre del 2019, aplicable a los préstamos concedidos por las entidades de crédito, en el marco de los Convenios con el Ministerio de Fomento para el Programa 1995, continuará siendo del 2,60% anual.

Plan de Vivienda 2002-2005

Las hipotecas concedidas bajo este programa pasarán a pagar el 1,86% anual. Por tanto, el tipo de interés efectivo anual resultante de la revisión efectuada, aplicable a los préstamos concedidos por las entidades de crédito, en el marco de los Convenios suscritos con el Ministerio de Fomento para la financiación del Plan de Vivienda 2002-2005, será del 1,86%.

Este tipo de interés revisado y modificado será de aplicación a todos los préstamos a partir del primer vencimiento que se origine, una vez transcurrido un mes desde el día de su publicación en el BOE.

Plan de Vivienda 2005-2008

Las hipotecas concedidas bajo este programa pasarán a pagar el 1,86% anual. Por tanto, el tipo de interés efectivo anual resultante de la revisión efectuada, aplicable a los préstamos a conceder y concedidos por las entidades de crédito, en el marco de los Convenios con el Ministerio de Vivienda, y actualmente con el Ministerio de Fomento, para la financiación del Plan de Vivienda 2005 - 2008, será del 1,86% anual.

Este tipo de interés será de aplicación a todos los préstamos convenidos ya concedidos por las entidades de crédito colaboradoras, correspondientes al citado Plan 2005-2008, salvo a los que se refiere el apartado 1.b) de la disposición transitoria primera del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, que se regirán por lo dispuesto en la Orden FOM/268/2002, de 11 de febrero, y en los Acuerdos del Consejo de Ministros que revisen el tipo de interés de los préstamos convenidos del Plan de Vivienda 2002-2005. El nuevo tipo de interés será de aplicación desde el primer vencimiento que se produzca, transcurrido un mes de la publicación de este Acuerdo en el BOE.

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