Habrá que remitirse, en primer lugar, a lo establecido en el documento en el que se pactó el usufructo, para ver qué se acordó sobre el mantenimiento y mejoras de la vivienda. Si no se estableció un acuerdo claro para este caso, pues opinamos que habitualmente los gastos de mantenimiento, en un sentido amplio, así como las rentas y frutos de ese piso, son a cargo y para la persona usufructuaria. Pero, como este tema puede resultar jurídicamente complejo según las circunstancias particulares de cada caso, te recomendamos consultarlo con un abogado especialista en derecho de propiedad.
Te respondo desde la experiencia de lo que nos dijo mi abogado en un caso similar al tuyo: los gastos por arreglos y mejoras en la propiedad (si se cambia una ventana, la puerta, la caldera, etc) van a cuenta del propietario (nuda propiedad) y los impuestos y gastos rutinarios (ibi, basura, etc) los tiene que pagar el usufructurario
A las reuniones de la comunidad lo suyo es que vaya el propietario. Y lo que se acepte en junta lo tiene que asumir, aunque no esté de acuerdo, como en cualquier comunidad
Vamos, que en tu consulta paga el propietario de la nuda propiedad
Debes consultar con un abogado, llevándole el documento en el que se otorga la nuda propiedad a uno y el usufructo a otro. Puede ser que en él se pacten la asignación de gastos y frutos del inmueble. Si no se pactan, te indicará cuál es la distribución por ley, que cambia según las autonomías.
4 Respuestas:
Habrá que remitirse, en primer lugar, a lo establecido en el documento en el que se pactó el usufructo, para ver qué se acordó sobre el mantenimiento y mejoras de la vivienda.
Si no se estableció un acuerdo claro para este caso, pues opinamos que habitualmente los gastos de mantenimiento, en un sentido amplio, así como las rentas y frutos de ese piso, son a cargo y para la persona usufructuaria.
Pero, como este tema puede resultar jurídicamente complejo según las circunstancias particulares de cada caso, te recomendamos consultarlo con un abogado especialista en derecho de propiedad.
Hola,
Te respondo desde la experiencia de lo que nos dijo mi abogado en un caso similar al tuyo: los gastos por arreglos y mejoras en la propiedad (si se cambia una ventana, la puerta, la caldera, etc) van a cuenta del propietario (nuda propiedad) y los impuestos y gastos rutinarios (ibi, basura, etc) los tiene que pagar el usufructurario
A las reuniones de la comunidad lo suyo es que vaya el propietario. Y lo que se acepte en junta lo tiene que asumir, aunque no esté de acuerdo, como en cualquier comunidad
Vamos, que en tu consulta paga el propietario de la nuda propiedad
Saludos
Debes consultar con un abogado, llevándole el documento en el que se otorga la nuda propiedad a uno y el usufructo a otro. Puede ser que en él se pacten la asignación de gastos y frutos del inmueble.
Si no se pactan, te indicará cuál es la distribución por ley, que cambia según las autonomías.
Suerte
Soy usufructuario y se ha llevado a cabo obras por i.t.e, debo pagar yo o los nudos propietarios?
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