Pregunta de

2 Respuestas:

Anonymous
3 Diciembre 2010, 19:59

Yo estoy en tu misma situacion, tengo comprada vvda sobre plano, en mi contrato el plazo fin obra era marzo 2010 pero mer obligaron a firmar otro contrato con nuevo plazo de marzo 2011 (que pienso tampoco van a cumplirlo), ¿Sabes si puedo rescindir contrato llego marzo 2011 y recuperar todo mi dinero?

BROSH
7 Diciembre 2010, 11:27

La rescisión de un contrato de compraventa por incumplimiento de la fecha de entrega de la vivienda, según diversas sentencias judiciales, no es automática por el mero incumplimiento de la fecha, sino que, en general, consideran que debe existir un incumplimiento grave en el tiempo, y que no es lo mismo que la obra se termine con tres meses de retraso y que luego la tramitación municipal de la licencia de primera ocupación se dilate otros cuatro meses, por ejemplo, que una obra esté un tiempo parada y se termine con dos años de retraso.
En todo caso, aunque no se considere que hay motivo suficiente de rescisión, ello no quita para que sí haya derecho a indemnización si se han originado perjuicios económicos por el retraso.
Debe también tenerse en cuenta a este respecto, que si hay retraso en la entrega, y también por tanto en el momento de empezar a pagar el préstamo hipotecario (si es el caso), hay una cierta compensación automática que debe ser valorada.

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