Pregunta de

5 Respuestas:

Anonymous
26 Febrero 2011, 18:32

A no ser que se especifique en la escritura de compra-venta o en contrato privado con el vendedor, aunque este contrato es privado tuyo con el vendedor no con la comunidad, pero en el momento que asumas la propiedad la ley establece que como tal propietario y comunero asumes todos los compromisos como integrante de la comunidad, incluyendo derramas, gastos de juicio, etc. tanto si son a favor tuyo como en contra.

Anonymous
26 Febrero 2011, 18:37

Así es, lo único que puedes hacer es un contrato con el vendedor para que él asuma los gastos que te ocasione este juicio u obras, pero se lo tendrías que reclamar a él tú personalmente, a la comunidad le tendrás que pagar tus derramas, obras, etc. (también si el vendedor y tú sois conscientes que existen unas deficiencias en la propiedad y aún así estás de acuerdo en comprarle el piso, sería difícil demostrar por tu parte que no lo sabías previamente).

COLEGIO DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE MADRID
28 Febrero 2011, 11:53

Además de las respuestas anteriores, es importante saber que la Ley de Propiedad Horizontal establece que las derramas para el pago de las mejoras realizadas o por realizar en el inmueble serán a cargo de quien sea propietario en el momento de la exigibilidad de las cantidades afectas al pago de dichas mejoras. Esto es, el propietario es responsable del recibo que se le emite a partir del momento en que él es propietario con independencia de la fecha en que se aprobó la derrama.

Anonymous
1 Marzo 2011, 11:59

Depende de si es el último piso en cuyo caso la cubierta del tejado estaría construida en mal estado o si el techo da a un patio interior o similar puesto que sería un lugar de tránsito o de ursufructo. Habría que estudiar el caso...

Anonymous
1 Marzo 2011, 12:02

Como propietarios de una plaza de garaje en edificio de menos de diez años, y por filtraciones de agua que se producen en la cubierta del edificio producidas por falta de recubrimiento de tela asfáltica por parte del promotor, ¿Quien ha de asumir la reparación de esta incidencia, la comunidad de propietarios o el promotor?. El edificio en cuestión está situado en catalunya y tiene menos de diez años.

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