Cuando hablamos de subrogación, la ley contempla el cambio de entidad, tú lo que realmente estás planteando sería una novación de mejora de condiciones. Por tanto no se puede aplicar la ley de subrogación si al final te plantearas subrogarte a otra entidad, los gastos que tendrías que hacer frente sería (notaría y registro que tienen una bonificación por la ley de subrogaciones actualmente, impuesto estaría exento también por la ley de subrogaciones y la gestoría del banco por el trámite de la operación) si quieres que analicemos tu situación en detalle, sin gasto ni compromiso alguno, estamos a tu disposición (902 883 887) idealista.com/hipotecas - la mejor hipoteca ahora está en Internet
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Muchas gracias
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