No soy abogado pero te respondo... Si dejas de pagar al banco lo primero que hacen es embargarte la casa, y ponerla en sabasta nunca por un precio inferior al 60% del valor de tasación, independientemente de la cuantía de la deuda total. Si con la vivienda no cubre la deuda pendiente, el resto de la deuda se sigue debiendo al banco, con lo cual en tu caso siendo funcionaria procederian al embargo de tu sueldo. Tienes a tu favor que el gobierno acaba de aumentar la cantidad inembargable; que es, para los que han perdido su vivienda habitual, el salario mínimo interprofesional + el 50% del salario mínimo interprofesional y un 30% adicional por cada familiar de su núcleo que no perciba ingresos superiores a dicho salario mínimo inerprofesional. Entendiéndose por núcleo familiar, el cónyuge o pareja de hecho, los ascendientes y descendientes de primer grado que convivan con el ejecutado. Es decir, 961€ inembargables + 30% por cada familiar en paro: en tu caso sobre los 1150€ inembargables. Espero haberte sido de ayuda, no obstante, te recomiendo que pidas asesoramiento profesional.
Buenos Días, Tenía una pregunta... Si los dos miembros de la pareja cobran por trabajo el mínimo inembargable para la pareja sería tenido en cuenta de manera individual? Es decir a cada uno le embargarían hasta 961 por lo que quedaría en 1922 (961x2) euros inembargables entre los dos? Es que visto así tendríamos mucho más dinero embargados que pagando la hipoteca...
2 Respuestas:
No soy abogado pero te respondo...
Si dejas de pagar al banco lo primero que hacen es embargarte la casa, y ponerla en sabasta nunca por un precio inferior al 60% del valor de tasación, independientemente de la cuantía de la deuda total. Si con la vivienda no cubre la deuda pendiente, el resto de la deuda se sigue debiendo al banco, con lo cual en tu caso siendo funcionaria procederian al embargo de tu sueldo. Tienes a tu favor que el gobierno acaba de aumentar la cantidad inembargable; que es, para los que han perdido su vivienda habitual, el salario mínimo interprofesional + el 50% del salario mínimo interprofesional y un 30% adicional por cada familiar de su núcleo que no perciba ingresos superiores a dicho salario mínimo inerprofesional. Entendiéndose por núcleo familiar, el cónyuge o pareja de hecho, los ascendientes y descendientes de primer grado que convivan con el ejecutado.
Es decir, 961€ inembargables + 30% por cada familiar en paro: en tu caso sobre los 1150€ inembargables.
Espero haberte sido de ayuda, no obstante, te recomiendo que pidas asesoramiento profesional.
Buenos Días,
Tenía una pregunta...
Si los dos miembros de la pareja cobran por trabajo el mínimo inembargable para la pareja sería tenido en cuenta de manera individual?
Es decir a cada uno le embargarían hasta 961 por lo que quedaría en 1922 (961x2) euros inembargables entre los dos?
Es que visto así tendríamos mucho más dinero embargados que pagando la hipoteca...
Muchas gracias
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