Pregunta de

1 Respuestas:

ANONIMO1
18 Octubre 2011, 23:25

El promotor tiene pisos sin vender. Hay que hacerle factura por el importe que abona de mensualidad, que iva se le aplica.

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Buenas noches:

En mi modesto entender, las cuotas derivadas de la distribución de los gastos de comunidad, no son operaciones sujetas al iva... y consecuentemente no hay que expedir factura sujeta al iva como tal.

Las cuotas derivadas de la comunidad, como Ud debe conocer, es una distribución de los gastos comunes del inmueble, en los que hay gastos sujetos (la mayoria) y otros no sujetos... y Ud como administrador suma y reparte entre los propietarios en proporción a las cuotas de participación en el edificio... y si a los propietarios no empresarios les expide los recibos sin incrementar el iva a los promotores tampoco.

Ahora bien, lo que seria objeto de estudio y consulta más profunda, es el que el promotor le pudiera pedir que la mensualidad que paga, se detallara distribuyendo en ella los gastos que estuvieron sujetos al iva...es decir la base imponible pagada y el iva soportado, para deducirse de este importe... ya que el principio fundamental del iva es que tiene que ser soportado por el usuario final y no por los empresarios y consecuentemente podria deducir el importe correspondiente... pero en ningun caso tiene que emitir una factura por la mensualidad, elevandola nuevamente con el iva, ya que estaria cobrando iva del iva pagado por la comunidad.

Un saludo

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