Una sentencia de la Sala I del Tribunal Supremo en una demanda individual contra Banco de Andalucía por una cláusula suelo señala que el dictamen de una demanda colectiva contra la misma cláusula abusiva marcará el resultado de los litigios individuales pendientes y los posteriores. Esta sentencia, en concreto, declara nula una cláusula suelo del 5,5% firmada con el Banco de Andalucía, y condena al Banco Popular, que se fusionó con dicha entidad, a devolver el dinero cobrado de más.
El dictamen de una demanda colectiva sobre una cláusula suelo abusiva en concreto fijará la sentencia, de ahora en adelante, de cualquier litigio individual que demande a la misma cláusula abusiva.
Esto es lo que ha dictaminado la Sala I del Tribunal Supremo, que declara nula una cláusula suelo del 5,5% firmada en 2007 con Banco de Andalucía, y que condena ahora a Popular, que se fusionó con dicha entidad, a devolver el dinero cobrado en aplicación de la resolución contra esta misma cláusula suelo abusiva en una sentencia en una demanda colectiva, por falta de transparencia. El Alto Tribunal revoca así el fallo favorable a la entidad en la Audiencia Provincial de Huelva en 2014
Esta sentencia del Supremo también abre la posibilidad de que se produzcan circunstancias excepcionales en la demanda individual, que sean diferentes a la demanda colectiva sobre esa misma cláusula suelo en litigio, como lo referente al perfil del cliente o a la información suministrada por el banco en ese caso concreto, y que se aparten significativamente de lo que puede considerarse el estándar medio, para que justifiquen un fallo diferente.
En cuanto a esta sentencia en particular, la Sala I del Alto Tribunal destaca que Banco de Andalucía no suministró información clara y precisa sobre la existencia de una cláusula suelo, y que no consta en este caso. Además, el argumento de la entidad acerca de que el consumidor era un profesional experto en este tipo de condiciones hipotecarias no es suficiente para el tribunal. “La cualificación profesional del consumidor no lo convierte en un experto en este tipo de contratos”.
Pero además de la cláusula suelo abusiva, el contrato hipotecario incluía un seguro adicional (swap) sobre las oscilaciones de los tipos de interés. El dictamen del Supremo anula las cláusulas abusivas, y obliga a Popular a eliminarla de la hipoteca además de devolver a su cliente las cantidades cobradas de más, más los intereses.
La sentencia también establece que pese a la intervención de un notario en la firma de la hipoteca, que puede servir al cliente de los riesgos de firmar este tipo de condiciones, no exime de obligación al banco de informar activamente al consumidor sobre las condiciones de un contrato hipotecario con cláusulas suelo.
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