Los contratos de alquiler de vivienda están regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que estipula, entre otras cuestiones, la duración mínima y los plazos de preaviso para la rescisión del mismo. En este artículo explicamos todo lo relativo a la finalización de un contrato de alquiler de vivienda.
¿Cuánto dura un contrato de alquiler en 2022?
Un contrato de alquiler de vivienda habitual tiene una duración libremente pactada por las partes. Según el artículo 9 de la LAU, “si esta fuera inferior a cinco años, o inferior a siete años si el arrendador fuese persona jurídica, llegado el día del vencimiento del contrato, este se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, o de siete años si el arrendador fuese persona jurídica, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo”
¿Cómo finalizar un contrato de alquiler?
Una vez que han transcurrido los seis primeros meses del contrato de alquiler, el inquilino puede finalizar el contrato de alquiler siempre que avise con 30 días de antelación al propietario.
Después del primer año de contrato, el propietario puede finalizar el contrato si ha manifestado su voluntad de ocupar la vivienda alquilada antes del transcurso de cinco años para destinarla a residencia permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial.
Para poder recuperar la vivienda, el arrendador tiene que comunicar el motivo con al menos con dos meses de antelación al inquilino. El arrendatario está obligado a abandonar el piso en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto.
Para finalizar un contrato de alquiler, se debe firmar un modelo de terminación. En idealista lo puedes descargar gratuitamente.
Descargar modelo de finalización del contrato de alquiler de común acuerdo
En el caso de que tanto inquilino como propietario estén conformes en rescindir el contrato de alquiler, se ha de firmar el modelo de finalización del contrato de común acuerdo, que se puede descargar en PDF en este enlace o a través de este enlace en Word.
Descargar modelo de finalización del contrato de alquiler unilateral
En los casos en los que solo una de las partes quiera rescindir el contrato de alquiler, se ha de rellenar el modelo de terminación unilateral del contrato, que se puede descargar en idealista en PDF. También se puede descargar el modelo en Word.
Indemnización rescisión contrato alquiler vivienda
El inquilino puede desistir el contrato de alquiler una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de 30 días. Las partes podrán pactar en el contrato que, en el caso de rescisión antes de la finalización del documento, el inquilino deba indemnizar al propietario con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
Por otro lado, si el inquilino abandona la vivienda antes de seis meses, se considera incumplimiento de contrato, no desistimiento. En ese caso, el arrendatario deberá indemnizar al propietario en la cantidad que ambos acuerden.
Si no se llega a un acuerdo, el inquilino tendrá que indemnizar al propietario, como mínimo, pagándole las rentas hasta que el contrato alcance el sexto mes o hasta que la casa se vuelva a alquilar (la menor de las cifras a pagar). A esta indemnización hay que añadir la que correspondería a la indemnización por desistimiento tras el sexto mes, en caso de que se hubiese pactado.
¿Cuándo finaliza un contrato de alquiler?
Un contrato de alquiler finaliza cuando se cumple el tiempo de vigencia del contrato y se agotan sus prórrogas. Además, según el artículo 27 de la LAU, “el incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil”.
El propietario podrá finalizar el contrato antes de tiempo estos casos:
- La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.
- La falta de pago del importe de la fianza o de su actualización.
- El subarriendo o la cesión sin consentimiento.
- La realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario.
- Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
- Cuando la vivienda deje de estar destinada de forma primordial a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario o de quien efectivamente la viniera ocupando.
Del mismo modo, el inquilino podrá finalizar el contrato por las siguientes causas:
- La no realización por el arrendador de las reparaciones a las que se refiere el artículo 21 de la LAU.
- La perturbación de hecho o de derecho que realice el arrendador en la utilización de la vivienda
¿Cómo comunicar que dejas un piso en alquiler?
Como inquilino, debes mandar un mensaje por escrito con treinta días de antelación al arrendador en el cual comunicas tu intención de dejar el piso. Puede que con un correo electrónico o mensaje baste, pero lo mejor es hacerlo por burofax, puesto que deja prueba fehaciente de la comunicación.
¿Qué pasa si se me acaba el contrato de alquiler y no me voy?
Si una vez acabado el contrato de alquiler, no te vas, estás cometiendo un delito, ya que estás ocupando una vivienda por la que no pagas. En este caso, el propietario podrá iniciar un proceso de desahucio para recuperar la vivienda y obtener una indemnización por el tiempo que la has usado sin pagar.
Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta