Llega el primer seguro de alquiler que contrata el inquilino de la mano de Aserta
Seguro de alquiler para inquilinos
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En un contexto donde el mercado del arrendamiento sigue aquejado de falta de oferta y de precios disparados, idealista lanza un innovador seguro de alquiler que contrata el propio inquilino. Se trata de una garantía que, en caso de que el inquilino no pueda pagar el alquiler, cubre el impago de la renta mensual hasta el límite de 12 meses, además de cubrir hasta un límite las facturas de agua, luz o gas. Además, cubre también los gastos de defensa derivados del proceso de desahucio o de reclamación de cantidades adeudadas. 

Además, y como novedad exclusiva en el mercado asegurador, Garantía de inquilino incorpora también, de la mano de Aserta, una serie de coberturas a favor del inquilino, desarrollando así un producto equilibrado que cubre a las dos partes de un contrato de arrendamiento, al arrendador y al arrendatario. Estas nuevas coberturas gratuitas cubren indemnizaciones en caso de desempleo, baja laboral, hospitalización por accidente o fallecimiento por accidente. El objetivo es dar tranquilidad al inquilino ante situaciones personales que pudieran dificultar el pago de la renta de alquiler en un contexto en que escasea la oferta y el precio sigue disparado. 

De esta forma, este seguro que contrata el propio inquilino da cobertura a las dos partes del contrato: al propietario le cubre los posibles impagos de la renta, suministros y gastos de defensa judicial y extrajudicial, mientras que al inquilino le cubre un posible desempleo, baja laboral u hospitalización. 

Otros de los puntos fuertes de este novedoso producto de idealista/seguros son su duración, ya que cubre toda la duración del contrato de arrendamiento: un máximo de 5 años en caso de que el propietario sea persona física y 7 años en caso de que el propietario sea persona jurídica; y que el propietario no tiene que preocuparse del pago de la prima, ya que es responsabilidad del inquilino.
 

Cómo funciona la nueva Garantía de inquilino

 Este nuevo producto funciona de la siguiente manera:

  • Incorporación sin incremento de coste para el inquilino de las nuevas coberturas de pagos protegidos (desempleo, baja laboral, hospitalización por accidente y fallecimiento por accidente).
  • Incorporación de un novedoso flujo de contratación desde idealista/seguros desde donde el potencial inquilino podrá precalificarse (recibiendo un certificado de la aseguradora en tiempo real) y que podrá enviar vía email o whatsapp a una agencia inmobiliaria o a un propietario.
  • Dicho certificado informará a la agencia inmobiliaria o propietario de la cantidad máxima mensual que la compañía aseguradora está dispuesta a avalar a dicho inquilino que se ha precalificado. Tendrá una validez de 30 días y será válido para cualquier vivienda de alquiler de uso habitual con una renta igual o inferior a la aprobada por la compañía.
  • La agencia Inmobiliaria/propietario podrá aceptar al inquilino a través de un acceso por código QR, comunicando así al inquilino la aceptación del mismo por parte de la agencia/propietario.
  • El resultado de este proceso es que la agencia/propietario recibirá un ‘lead’ de un potencial inquilino solvente, ya que vendrá de la mano con un certificado que garantiza que una compañía aseguradora responderá por él en caso de impago de rentas y hasta un máximo de 12 meses.

Diferencias entre el seguro de impago contratado por el propietario y por el inquilino

El pago de la prima: si es el propietario de la casa el que contrata el seguro de impago de alquiler, es él quien debe pagar la prima y quien debe renovar o no el seguro. En el caso de que sea el inquilino, es éste el que debe asumir el pago del seguro. 

Impago: en caso de que se produzca un impago parcial o total de la prima del seguro por parte del propietario, la aseguradora tiene derecho a cancelarlo y puede dejar de dar cobertura. En cambio, si el impago parcial o total de la primera es por parte del inquilino, la aseguradora no tiene derecho a cancelar el seguro ni tampoco la liberará de pagar indemnización al arrendador.

Periodicidad de la prima: el pago del seguro de alquiler que contrata el propietario suele ser de carácter anual (es posible pagarlo semestral o trimestralmente), mientras que, en el caso de la Garantía de Inquilino, el pago de la prima es mensual y con pago recurrente mediante tarjeta de crédito. 

Renovación del seguro: la póliza contratada por el propietario tiene renovación anual automática y éste puede renovarla o no. En cambio, la Garantía de Inquilino tiene renovación tácita por un periodo de 5 años cuando el propietario es persona física o de 7 años cuando el propietario es persona jurídica. El inquilino no tiene derecho a decidir anualmente su renovación, pero estará obligado al pago durante toda la vida del contrato de arrendamiento.