Los contribuyentes podrían recuperar el impuesto de plusvalía municipal indebidamente pagado según el sistema de cálculo declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional. Aunque es de momento sólo una posibilidad, lo cierto es que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) está revisando la legalidad de esta vía y de ser posible, sería una buenísima noticia para todos a aquellos que han pagado este impuesto al vender, heredar o donar un inmueble antes de la entrada en vigor del nuevo método de cálculo.
El próximo 1 de enero de 2022 entrará en vigor el nuevo valor de referencia de Catastro, que será la base imponible de impuestos tan importantes como el ITP, que se paga al comprar una vivienda usada, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones o el Impuesto sobre el Patrimonio. Si te encuentras ultimando la compra de una casa, debes saber que el problema que trae este valor es su imposición a los contribuyentes y que en caso de que estimes que el valor de la vivienda que has comprado es inferior al nuevo valor de referencia, deberás probarlo ante Hacienda. Es decir, la Administración tributaria se cobra el ITP y si el contribuyente no está de acuerdo, deberá ser él quien pleitee mediante medios de prueba admisibles en Derecho.
Juan Diaz de Bustamante es el director general de Silicius Real Estate, la última socimi que se ha convertido en cotizada en España. En esta entrevista a idealista/news repasa su estrategia a medio plazo, como invertir en oficinas, viviendas y logística para ser una de las mayores empresas patrimonialistas del país, y la aparición de nuevos nichos, como los centros de datos. También reclama estabilidad jurídica y una mayor labor didáctica para que estos vehículos cumplan su objetivo de acercar la inversión inmobiliaria al ciudadano de a pie.
En 2020 hubo 77.200 divorcios y la duración media de los matrimonios fue de 16,3 años, según datos del INE. Durante este tiempo es normal que en muchas ocasiones el matrimonio comprara una casa en común y que disfrutara de la deducción por adquisición de vivienda habitual. Pero tras el divorcio, los excónyuges suelen plantearse quién se queda con la casa y quién debe seguir pagando la hipoteca. Ahora dos resoluciones del Tribunal dependiente del Ministerio de Hacienda (TEAC) dan la posibilidad de seguir deduciendo el 100% del préstamo. Te explicamos cómo
Hoy 25 de noviembre se ha publicado en el BOE la famosa sentencia del Tribunal Constitucional que tumba la plusvalía municipal porque el sistema objetivo de cálculo vulneraba el principio de capacidad económica del contribuyente. En la práctica, esto significa que tiene ya plenos efectos jurídicos, por lo que aquellos contribuyentes que quieran recurrir este impuesto lo tendrán un poco más difícil que aquellos que lo hicieron antes de su publicación aprovechando que la sentencia no tenía todavía plenos efectos jurídicos.
El pasado 3 de septiembre desapareció uno de los artículos legales considerados más injustos en el mercado inmobiliario: el artículo 28 de la Ley Hipotecaria. Durante muchos años ha dificultado a los herederos no directos (por ejemplo, hermanos) vender una casa hasta pasados dos años de la muerte del propietario por si aparecía un hijo ilegítimo. Sin embargo, la ambigüedad en la legislación, que no deja claro si tiene efectos retroactivos o no, sigue provocando quebraderos de cabeza a herederos, bancos, notarios y registradores. Tanto es así que la mayoría de bancos siguen sin dar hipotecas para la compra de viviendas afectadas por esta limitación.
Las notificaciones de Hacienda suelen dar grandes quebraderos de cabeza, sobre todo por no saber cómo actuar. Tras el susto inicial muchos contribuyentes desconocen qué hacer, si se puede recurrir, si hay que pagar sí o sí la deuda o si a Hacienda se le puede ganar la batalla.
La gestora inmobiliaria controlada por Quasar (51% en manos de Blackstone y 49% en manos del Banco Santander) busca comprador para una planta de oficinas situada en el número 41 de la calle Serrano. En concreto se trata de 1.400 m2 y 40 plazas de parking localizados en la llamada 'milla de oro' de la capital de España y por los que Aliseda podría obtener 14 millones de euros, según estiman fuentes del mercado a idealista/news. Aliseda prefiere no hacer comentarios al respecto.
La sentencia del Tribunal Constitucional que ha declarado ilegal el impuesto de plusvalía municipal ha sido un tsunami para el sistema tributario español. El Gobierno ha tenido que ajustar la normativa a las nuevas reglas de juego, ya que el sistema de cálculo vulneraba el principio de capacidad económica del contribuyente. idealista/news acaba de lanzar la primera calculadora del mercado que calcula la plusvalía municipal tras todos los cambios legales. Si vas a vender o heredar una vivienda, descubre lo que te tocará pagar.
Cuando se vende o se hereda una vivienda hay que pagar la Plusvalía municipal, un impuesto que grava el valor del terreno en caso de que haya habido una ganancia para el contribuyente. Este tributo puede autoliquidarse o en algunas ocasiones el ciudadano debe presentar la “declaración de liquidación” para informar al ayuntamiento correspondiente de la transmisión: éste le notifica posteriormente una liquidación cuantificando el impuesto. El problema es que el consistorio suele tardar más de seis meses en notificar, con lo que el procedimiento caduca para alegría del contribuyente: puede evitar el pago de este impuesto.
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