Cambiar de compañía eléctrica es un proceso habitual.
El Senado abordará este miércoles una Proposición de Ley impulsada por el Partido Popular para modificar el tratamiento penal del corte de suministros básicos, como agua, luz o gas, en viviendas okupadas. La iniciativa tiene como objetivo que los dueños de inmuebles puedan interrumpir estos servicios sin enfrentarse a un posible delito de coacciones. La medida llega después de que la ley ‘antiokupas’ impulsada por los de Alberto Núñez Feijóo en la Cámara Alta quedara bloqueada en el Congreso de los Diputados.
El CEO de la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), José Ramón Zurdo, asegura que el hecho de que los arrendadores sean los titulares de los suministros mientras las viviendas están alquiladas puede representar un “riesgo con consecuencias inciertas”, ya que se abren múltiples vías para que inquilinos incumplidores u okupas se aprovechen de esta situación y vivan "gratis" en las viviendas. Por ello, desde la agencia recomiendan que los suministros de las viviendas alquiladas estén contratados a nombre de los inquilinos.
Lo más frecuente es que una vivienda en alquiler tenga los suministros dados de alta, al menos los esenciales, como la luz, el agua y el gas. Pero puede darse el caso de que no sea así, por ejemplo, cuando una casa lleva tiempo vacía. Aun así, es posible alquilar una vivienda sin los suministros dados de alta, ya quela Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) deja libertad de pacto entre arrendador y arrendatario en esta cuestión. Los plazos para hacer efectivos los cambios pueden tardar hasta 15 días, dependiendo del suministro, la ubicación o la compañía.
Dar de alta el suministro de agua es uno de los primeros trámites esenciales al mudarse a una vivienda nueva o tras finalizar una obra.
Vender una vivienda conlleva una serie de trámites, gastos y gestiones que debes conocer y realizar para que la compraventa salga bien.
Uno de ellos es gestionar los suministros dados de alta hasta entonces (luz, agua, wifi, etc.). ¿Se deben seguir pagando?
Cuando se firma un contrato de arrendamiento se aceptan los derechos y obligaciones que aparecen reflejados en el mismo. Una cláusula que se suele pactar en los contratos de alquiler es la que establece quién asume el pago de los suministros de la vivienda, que es el inquilino, aunque la ley permite que las partes pacten quién paga cada gasto. Lo más recomendable es que el inquilino sea el titular de los suministros, ya que la deuda, en caso de que deje de pagarlos, solo le afectará a él.
idealista news dispone de un consultorio inmobiliario en el que puedes resolver tus dudas de forma gratuita. Un usuario nos pregunta hoy quién debe pagar el alta de los servicios de agua, luz y gas al alquilar una vivienda de nueva construcción, el propietario o el inquilino.
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