Tribunal Supremo

El Supremo abre la puerta a anular comprobaciones de valores de una vivienda comprada o heredada

La práctica habitual de la Administración autonómica es solicitar la valoración de la vivienda comprada o heredada por un contribuyente a sus propios servicios internos mucho antes de notificar formalmente el inicio del procedimiento de comprobación de valores al comprador. Así, es habitual que el informe de valoración lleve, por ejemplo, fecha del mes de julio, y que el inicio del procedimiento no se notifique hasta noviembre, o incluso más tarde. Este “decalaje” ha suscitado dudas a muchos jueces, ya que la normativa no establece cuándo debe entenderse iniciado la comprobación de valores, cuya (eso sí que está regulado) duración máxima es de seis meses (según la Ley General Tributaria). Ahora el Tribunal Supremo ha declarado ilegal esta práctica de la administración, con lo que abre la puerta a infinidad de anulaciones de comprobaciones de valores, cuyo fin es que el ciudadano pague más impuestos.
Tribunal Supremo

El Supremo se pronunciará (por fin) sobre el método de comprobación de valores de tasación hipotecaria

Uno de los métodos de comprobación de valores más habitualmente utilizados por la Administración es el de “tasación hipotecaria”. Mediante dicho método, se impone al contribuyente la obligación de tributar en el ITP o en el de Sucesiones y Donaciones (ISyD), por el valor de tasación hipotecaria a efectos de una futura subasta que figura en la escritura de la hipoteca. Y se considera dicho valor de tasación como el valor real del inmueble. Se trata de un método rechazado por varios tribunales y ahora el Supremo tiene sobre la mesa pronunciarse al respecto.
Comprobación de valores

Adiós a las trampas de las CCAA para evitar mandar al perito a comprobar el valor de la casa y exigir más impuestos

En enero de 2021 el Tribunal Supremo obligó a las Administraciones tributarias de las CCAA a que en caso de una comprobación del valor de una casa a efectos del ITP o el Impuesto de Sucesiones, enviaran a un perito a valorar la casa: no sólo para ver el estado de conservación, sino también las calidades y hacer una auténtica pericial. Sin embargo, las CCAA se siguen saltando a la torera la sentencia del alto tribunal. Ahora una reciente resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Cataluña ha anulado una comprobación de valores en que la que no se realizó la visita del perito, pese a que ésta se ofreció al contribuyente.
Tribunal Superior de Justicia de Galicia

La agradable sorpresa de un Tribunal al anular la comprobación de valores de una casa heredada

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia ha resuelto un caso en el que da la razón a varios hermanos que heredaron una vivienda y que meses después recibieron una comprobación de valores por parte de la Agencia Tributaria de Galicia (ATRIGA) para comprobar que el Impuesto de Sucesiones estaba liquidado conforme a sus valoraciones. Algunos de los hermanos decidieron recurrir esta comprobación, lograron anularla y que el resto de hermanos que no recurrieron, pudieran beneficiarse también de esta anulación

Cómo recurrir una comprobación de valores por la compra de una casa

En el foro de idealista/news un usuario quiere saber cómo puede recurrir una comprobación de valores que le ha hecho la hacienda autonómica por la compra de su casa. Para recurrir estas liquidaciones, el contribuyente tiene un plazo de un mes desde el día siguiente que recibe la notificación para interponer una reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo (TEAR) que corresponda.