Pregunta de

2 Respuestas:

29 Marzo 2011, 1:28

La opción de compra solo puede ejercitarla el optante. O sea, vosotros. Si en el contrato se estipuló que de no ejercitarla perderías la fianza, pues eso es lo que se ha pactado libremente y hay que asumirlo.

Saludos

30 Marzo 2011, 22:16

In reply to by Borja Gómez Ma… (not verified)

Gracias por respondrenos. Un saludo

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