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El gobierno mejorará la fiscalidad de los alquileres con opción a compra

Cuando un promotor alquila una vivienda con opción a compra a un inquilino, este último paga el alquiler durante un tiempo pactado (normalmente entre dos y cinco años) y tras ese tiempo debe decidir si compra la casa o no

El dinero desembolsado durante el alquiler se suele descontar en el precio final de la vivienda, bien en su totalidad o bien en el porcentaje que pacten ambas partes

El problema para el inquilino es que la fiscalidad que asume el inquilino es poco atractiva. Debe pagar un 16% de IVA sobre el alquiler mensual y si finalmente compra el piso pagará un 7% sobre el precio. Por ello, lo que ya ha pagado queda tributado al 16% y debe pedir su devolución a hacienda

Sin embargo, si no ejecuta la compra no recupera ese dinero

Por ello, es más que improbable que el Gobierno al revisar la normativa opte por dejar también exento de IVA los alquileres con opción a compra de viviendas nuevas porque ello implicaría que el promotor no podría deducirse el IVA soportado. El remedio sería peor que la enfermedad

Los expertos defienden que la postura más beneficiosa y 'neutra' pasa por rebajar del 16% al 7% el IVA que se aplica al alquiler de vivienda con opción a compra, equiparándolo a la compra de viviendas nuevas
 

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14 Comentarios:

30 Enero 2009, 18:23

Alquileres = alquilerinmobiliario.net

31 Enero 2009, 19:24

Soy promotora y estoy pensando alquilar con opción a compra pero no se mucho del tema, condiciones, plazos, etc. entre otras a continuación planteo algunas de las dudas que me surjen.
-Alquilo con opción a compra por cinco años, llegado el quinto año, el inquilino no quiere ejercer la opción a compra, mi duda es que, si el inquilino quisiera volver a alquilarlo, ¿tengo obligación de alquilárselo? ¿por cuánto tiempo? ¿en que caso tengo obligación de renovarle el contrato?.  
-Por ejemplo, si llegamos al acuerdo de que me abone mensualmente 600 euros, ¿se puede establecer que sólo 300 se deduzcan del precio establecido en caso de que ejerza la opción de compra?
-Una persona me entregó dinero a cuenta de una vivienda, una vez finalizada dicha vivienda, me dice que no le conceden la hipoteca ¿tengo que devolverle el dinero, o parte del dinero? En el contrato no se especificó ninguna claúsula al respecto.
-Para éste último caso he pensado alquilarle el piso, por ejemplo por cinco años, así de paso me beneficio de la subvención de 6000 euros, a ver si para entonces a cambiado su situación laboral y le conceden la hipoteca. &Iquest;puedo redactar un contrato en el que digo que le respeto el precio pactado en su momento y si finalizado los cinco años de alquiler, se hace cargo del piso, lo que entregó a cuento se lo resto del precio y si no, lo pierde?. En éste caso las cuotas que entregan de alquiler no restarían del precio. Estaríamos hablando de un contrato en el que únicamente se le respeta el precio y no pierde lo que entregó a cuenta en su momento ¿es legal?.
 
Gracias de antemano y un saludo.

2 Febrero 2009, 20:01

In reply to by María (not verified)

Hola el contrato de alquiler con opcion a compra  mi caso es que lo tengo por 3 años, yo di de entrada un dinero y todos los meses pago 700 euros y me hago cargo de los  gastos del mismo y todo esta ami nombre como el agua , comunidad luz, contribucion etccccc.  todo lo que he entragado ha cuenta mas el alquiler integro  se descontara al final del contrato  tanto el alquiler el 100% como lo entregado ha cuenta y pagare el iva del piso  por el importe que costaba el piso el dia de mi firma como alquiler con derecho ha compra . Asi que si alquilas con opcion ha compra pues es lo estipulado por ley y si llegados los años que tu estipules en en el contrato el inquilino se echara aras por que no puede comprarlo pues pierde todo y tu  no le tendrias que devolver nada ya que esta por contrato asi estipulado  .
Un saludo

6 Febrero 2009, 17:01

Hola mis 20000 mil euros constan en contrato como adelanto de la compra , lo mismo que las cuotas que pago todos los meses de la misma , y si quiero todos los años puedo adelantar dinero que sera descontado   al firmar la hipoteca o bien al finalizar los 3 años de contrato o  cuando quiera.. El 18% es porque vendi una propiedad  y como no podia adquirir vivienda por ahora me meti en una de alquiler con derecho ha compra pero el dinero ganado con la propiedad lo inverto en la del alquiler con derecho ha compra y no se si entra o no en la declaracion . O tengo que pagar por el veneficio que me dio la otra el 18% del beneficio o no. Ya que como han cambiado ciertas cosas el gobierno pues esa es mi duda , se que tengo un plazo de dos años yo vendo mi propìedad en junio del 2007 . Saludos

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