Un tribunal lo confirma: el avalista del inquilino no tiene que responder si no aceptó las prórrogas del alquiler
Firmar como avalista puede parecer un compromiso limitado a garantizar que el propietario cobrará la renta si el arrendatario deja de pagar. Sin embargo, cuando el alquiler se prolonga más allá de la duración inicial, surge una pregunta cuya respuesta no siempre es evidente: ¿seguirá respondiendo de las deudas que puedan generarse? La Audiencia Provincial de Murcia abordó esta cuestión en una sentencia del 20 de marzo. La obligación se limita al plazo para el que fue constituida (en el caso resuelto fue de seis meses de duración inicial) y no existía ninguna prueba de que el fiador hubiera aceptado responder también durante las prórrogas.