
Los propietarios exentos de pagar el ascensor no pueden ser obligados años después
No siempre la voluntad de la mayoría basta. Así lo ha confirmado el Tribunal Supremo en una sentencia que pone freno a los intentos de algunas comunidades de vecinos de imponer el pago del ascensor a quienes, durante años, habían estado exentos. La STS 1002/2025, de 25 de junio, dictada por la Sala de lo Civil, sienta doctrina sobre una cuestión que afecta a miles de comunidades en España: ¿puede la junta de propietarios revocar un pacto histórico, adoptado por unanimidad, sin contar con el consentimiento de los afectados? La respuesta, al menos en este caso, es clara: no.