Correo electrónico

Las notificaciones electrónicas de Hacienda ya no podrán ser utilizadas como un rodillo

A la hora de notificar los actos tributarios, sea una liquidación, una sanción o una declaración de responsabilidad, la Administración frecuentemente olvida cuál es la finalidad de las notificaciones que practica. Y ésta no es otra que la de que el acto llegue a conocimiento de su destinatario. Así de sencillo, y así de difícil, tal y como señala José María Salcedo, socio director de Salcedo Tax Litigation. En su opinión, esta práctica tiene fecha de caducidad, ya que cada vez más Tribunales están acorralando a la Administración y exigiéndole que no se limite a cumplir con los requsitos formales de las notificaciones, sino que haga todo lo posible para que éstas lleguen a conocimiento de su destinatario.
Notificaciones de Hacienda

Ojo con abrir notificaciones electrónicas de Hacienda durante el fin de semana o en días festivos

Afirma el refranero popular que “el diablo nunca duerme”. Y lo mismo puede aplicarse a Hacienda y a sus notificaciones electrónicas. Y es que es frecuente que la Administración deposite las notificaciones en el buzón electrónico de los contribuyentes cualquier día de la semana, y a cualquier hora, y sin respetar fines de semana ni festivos. José María Salcedo, socio director de Salcedo Tax Litigation, señala que afortunadamente, el contribuyente puede abrir la notificación cuando quiera, pero la clave es saber cuándo se entiende practicada la notificación.