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Hacienda, condenada por sancionar a quienes declaran fuera de plazo sus inmuebles en el extranjero
María Jesús Montero, ministra de Hacienda GTRES

Hacienda comienza a estar acorralada por los tribunales. Cada vez más jueces sentencian en contra del severo régimen sancionador que se le impone al contribuyente que declara fuera de plazo sus inmuebles o bienes en el extranjero.

Tanto es así que el abogado Alejandro del Campo elevó a Europa el caso de estas abusivas sanciones. Y en breve este caso será enjuiciado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Pero mientras tanto, tribunales administrativos y judiciales en nuestro país están ya anulando estas desproporcionadas sanciones. Por ejemplo, el TEAR de Valencia considera que “estas gravísimas sanciones por presentar fuera de plazo el modelo 720 exigen que “en los acuerdos sancionadores que se dicten por este motivo se acredite de forma especialmente intensa la culpabilidad del contribuyente. De lo contrario, estas sanciones deben ser anuladas”, recalca José María Salcedo, socio del despacho Ático Jurídico.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en una reciente sentencia ha anulado una sanción impuesta a un contribuyente por presentar fuera de plazo el modelo 720. Y es que considera que Hacienda no ha demostrado la culpabilidad del contribuyente. Considera el Tribunal que estas sanciones son desproporcionadas. Y ello, por dos motivos:

-  En primer lugar, por la existencia de un dictamen motivado de la Comisión Europea, en el que solicita a España que modifique el régimen sancionador del modelo 720, bajo la amenaza de denunciarla ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. “Aunque se reconoce el derecho de Hacienda a solicitar información sobre la existencia de bienes y derechos en el extranjero, las sanciones impuestas en caso de incumplimiento se consideran desproporcionadas”, recuerda José María Salcedo.

- En segundo lugar, porque la normativa eleva a la categoría de infracción “muy grave” la no comunicación de datos, cuando en otros casos similares, la infracción puede ser calificada incluso de “leve”, como, por ejemplo, el caso de presentar fuera de plazo las autoliquidaciones.

Además, la sentencia del TSJ de Castilla y León pone en evidencia que Hacienda no puede empezar en cualquier momento el procedimiento sancionador. Tiene un plazo para ello y es de tres meses contados desde la fecha en que el contribuyente presenta fuera de plazo el modelo 720. Por todo ello, la sentencia impone las costas del procedimiento a la Administración tributaria.

En resumidas cuentas, la posibilidad de ser sancionado cada vez es menor. “Recientemente el Director de la Agencia Tributaria ha declarado que no se sancionará a los contribuyentes que regularicen su situación, y presenten el modelo 720 fuera de plazo. Pero siempre que lo hagan de forma espontánea. Es decir, antes de que les requiera la Administración”, señala Salcedo.

Así, de cara al contribuyente, éste debe cumplir con la obligación de información, aunque sea fuera de plazo. y en caso de ser sancionado, tiene muchas posibilidades de ganar en los tribunales.

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