El Gobierno ha elaborado una orden del ministerio de economía en el que pide a la banca más rigor al conceder préstamos. Tras cuatro años de pérdidas en el precio de la vivienda y cuando más cerrado está el grifo de la financiación en las últimas décadas, llega este escrito que pide, entre otras cosas, que antes de conceder un préstamo se estudien bien la solvencia del cliente, la estabilidad de sus ingresos, si podrá seguir pagando cuando se jubile, o si una subida de tipos puede llegar a poner en entredicho esta capacidad
Las normas están recogidas en el proyecto de orden de transparencia y protección del cliente de servicios financieros y recoge en 51 páginas todas las alertas. En lo relativo a las hipotecas explica que:
- En el caso de créditos o préstamos hipotecarios o con otras garantías reales, la valoración prudente de las mismas mediante procedimientos que eviten influencias o conflictos de interés que puedan menoscabar la calidad de la valoración
- El Banco de España elaborará una “Guía de Acceso al Préstamo Hipotecario”, con la finalidad de que quienes demanden servicios financieros de préstamo hipotecario dispongan, con carácter previo a la formalización de los mismos, de información adecuada para adoptar sus decisiones de financiación
- Las entidades de crédito deberán proporcionar a los clientes que soliciten cualquiera de estos servicios, información clara y suficiente sobre los préstamos que ofertan
Esta información, que será gratuita y tendrá carácter orientativo, se facilitará mediante la Ficha de Información Precontractual (FIPRE) que figura en el Anexo I (pagina 22)
- Las entidades de crédito, una vez que el cliente haya facilitado la información que se precise sobre sus necesidades de financiación, su situación financiera y sus preferencias, proporcionarán a éste la información personalizada que resulte necesaria para comparar los préstamos disponibles en el mercado, valorar sus implicaciones y adoptar una decisión fundada
Sobre si debe o no suscribir el contrato. Esta información se facilitará mediante la Ficha de Información Personalizada (FIPER) que figura en el Anexo II (pagina 22)
- Una vez el cliente y la entidad hayan mostrado su voluntad de contratar un determinado servicio financiero de préstamo hipotecario y se hayan efectuado la tasación del inmueble y, en su caso, las oportunas comprobaciones sobre su situación
Registral y sobre la capacidad financiera del cliente conforme a lo dispuesto en el artículo 16, este podrá solicitar a la entidad la entrega de una oferta vinculante
- Toda información adicional que la entidad facilite al cliente en la oferta vinculante figurará en un documento separado, que deberá adjuntarse a la Ficha de Información Personalizada
- Si la oferta vinculante se hace al mismo tiempo que se entrega la Ficha de Información Personalizada, deberá facilitarse al cliente en un documento separado que podrá adjuntarse a la misma ficha
- El cliente tendrá derecho a examinar el proyecto de escritura pública de formalización del préstamo hipotecario en el despacho del notario al menos durante los tres días hábiles anteriores a su otorgamiento. El cliente podrá renunciar
Expresamente, ante el notario autorizante, al señalado plazo siempre que el acto de otorgamiento de la escritura pública tenga lugar en la propia notaría
- En su condición de funcionarios públicos y derivado de su deber genérico de control de legalidad de los actos y negocios que autorizan, los notarios denegarán la autorización del préstamo cuando el mismo no cumpla lo previsto en esta orden, la
Legalidad vigente y, muy especialmente, los requisitos previstos en la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito
- El notario deberá informar al cliente de la eventual obligación de satisfacer a la entidad ciertas cantidades en concepto de compensación por desistimiento o por riesgo de tipo de interés en los términos previstos en los artículos 8 y 9 de la Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria
- En el caso de hipoteca inversa deberá verificar la existencia del correspondiente asesoramiento independiente. En caso de que la formalización de la hipoteca inversa se realice en contra de la recomendación realizada por el asesoramiento independiente, se deberá advertir de este extremo al cliente
40 Comentarios:
Completamente de acuerdo contigo, y para entender lo que dices, no hace falta ser una eminencia, entonces...
¿Cuantos berzas hay?
¿Cuánto cuestan los pisos en la situación actual del país? ¿La mitad?¿La mitad de la mitad? Hay que tener en cuenta que el precio se multiplicó por 3 en unos 10 años. Quizá prximamente veamos los precios totalmente corregidos
Demasiado poco
Demasiado tarde
Demasiado caos
Fin de España
En Valencia (lo que conozco) llegarán los pisos a precios de 1996-2000: dos millones un piso para entrar a vivir, 70 m² Y con ascensor en una zona medio bien, medio millón piso 5º Planta sin ascensor, alquileres a 20.000 ptas...cuatro millones piso reformado de 100 m² Con ascensor, garaje y en finca de 30 años maximo...¿Quereis verlo? Tiempo al tiempo, gente, tiempo al tiempo. Es la lógica de la ilógica burbuja
Me parece que estos precios que dices es imposible que los vuelvas a ver, pues son precios de hace muchos años, pero muchos años. Yo soy de Barcelona y esos precios son de finales de los 70.hace 1 año y medio estuve en Valencia y me hablaron de a que precios habían llegado y que ya estaban bajando, y esos precios eran algo mas baratos que en Barcelona capital, pero tampoco mucho. Piensa que hablas de 500.000 pesetas por un piso sin ascensor, etc. pero si hay mas gente de la que te crees que gana al mes el equivalente a las 500.000 ptas, que son 3.000 euros (directores financieros, comerciales, muchos ejecutivos, por no hablar de cualquiera que tenga un negocio medio decente). Lo que quiero decir es que no será posible que un trabajador cualificado, con años en una empresa, pueda comprar un piso de estos sin ascensor, como inversión por ejemplo, solo con lo que perciba como paga extra en su empresa. Vamos, que una cosa es que tengan que bajar y otra que los vayan a regalar.
No hablo del centro de Valencia, y Barcelona justamente es un poco distinto, pero no es sitio para discutir eso.
Sólo digo que "en ciertas zonas", pasando el 2º Circulo, pasando ya las grandes vias y las siguientes (perez galdos, peris y valero, etc) van a llegar a esos precios. Si los hay que quieran hipotecarse por mil años para tener un palacete, adelante. Yo me quedo como estoy y a ver que pasa, y si no, de alquiler, en vez de reformar me cambio de piso. Si llegan a 5 millones un piso medio bien en esa zona obrera, me lo comprare...si no, ya caeran las torres.
Viva España, que esto no es
...mierda pais... ni k vivieramos en bangkok todos hacinados y no hubiera suelo donde vivir. Bajar los precios ya y dejar que la gente viva de una santa vez..
Sí, claro, el dinero de la banca para préstamos al gobierno y las comunidades; ¿Podrán pagar ellos?; Y a los ciudadanos que nos parta un rayo, ve a pedir un préstamo y verás...
Sí, claro, el dinero de la banca para préstamos al gobierno y las comunidades; ¿Podrán pagar ellos?; Y a los ciudadanos que nos parta un rayo, ve a pedir un préstamo y verás...
Ahora es que piden algo que debio ser fiscalizado siempre, resulta de risas oir cosas como estas, el gobierno y los bancos tienen la culpa de lo que pasa en España, ya es igual lo que hagan, no hay economia, hay pobresa, es un pais del tercer mundo "en papel de regalo" en fin miseria de miseria
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