
Iberia tendrá que reforzar sus protocolos de prevención de riesgos laborales tras confirmarse que el cierre de los maleteros en sus Airbus 350 supone un esfuerzo físico que puede comprometer la salud de los tripulantes de cabina de pasajeros (TCP).
El 3 de abril de 2025, el Tribunal Supremo desestimó el recurso de casación de Iberia y confirmó la sentencia de 11 de octubre de 2022 dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional. En la resolución señala que la compañía no puede limitarse a realizar evaluaciones teóricas, sino que debe actuar.
Prevención de riesgos laborales en Iberia tras la sentencia del Tribunal Supremo
La cuestión llegó a los tribunales después de que el Comité de Empresa de Vuelo de Iberia, con el respaldo de varios sindicatos, plantease un conflicto colectivo. El conflicto se centró en la manipulación manual de cargas en altura: los TCP deben empujar hacia arriba la base basculante de los maleteros pivotantes del Airbus 350 con el peso del equipaje, una maniobra obligatoria para el despegue que conlleva un riesgo dorsolumbar al realizarse en espacios reducidos.
En la demanda se solicitó que se declarase que la maniobra perjudica la salud de los TCP y que se reconociese su derecho a no estar obligados a realizarla, petición que el Supremo rechazó al considerar que la maniobra es imprescindible para el vuelo, aunque sí reconoció que la empresa debía adoptar medidas preventivas concretas, al constatarse un riesgo físico real.
¿Por qué los maleteros del Airbus 350 suponen un riesgo ergonómico?
No todos los compartimentos de cabina son iguales. En el caso del Airbus 350, los maleteros no cuentan con la clásica puerta abatible hacia abajo, sino con una base basculante que se eleva con el peso del equipaje hasta cerrar en la parte superior.
Aunque los límites contractuales de equipaje en cabina son de 10 kg (turista) y 14 kg (business), la sentencia reconoce que Iberia carece de un sistema previo de control de peso, agravando el esfuerzo físico al elevar cargas potencialmente superiores a esos umbrales.
Evaluación del riesgo por parte de Iberia
El propio departamento de prevención detectó en 2020 que esta maniobra implicaba un riesgo de sobreesfuerzo “moderado”, con alta probabilidad de generar lesiones lumbares. La Inspección de Trabajo corroboró además que no existía un sistema eficaz para controlar el peso del equipaje antes del embarque, clave para reducir el impacto físico en los TCP.
Medidas impuestas por el Supremo en materia de prevención de riesgos laborales
La sentencia, ahora firme, obliga a la compañía a introducir cambios organizativos y técnicos. No se tratan de meras recomendaciones, sino de obligaciones en prevención de riesgos laborales. Estas son las medidas que deberá cumplir:
Control del peso del equipaje de mano
Se exige que Iberia implemente mecanismos efectivos de control de peso antes del acceso a la cabina. No basta con que el equipaje quepa en el maletero: tendrá que ajustarse a los límites contractuales, con el fin de evitar maleteros sobrecargados que afecten de forma negativa al trabajo de los TCP.
Reevaluación del riesgo ergonómico del uniforme de tripulación de cabina
Otro aspecto que no pasó desapercibido fue el cambio en los uniformes. Algunas prendas, especialmente en el caso del personal femenino, dificultaban los movimientos necesarios para cerrar los maleteros, por lo que la empresa deberá reevaluar formalmente los riesgos asociados a la vestimenta y adoptar las medidas oportunas si se confirman interferencias con las tareas físicas.
Formación práctica en prevención de riesgos ergonómicos para tripulantes de cabina
La compañía debe asegurar que los TCP reciban, además de la información documental, formación práctica específica en técnicas de manipulación de cargas y cierre de maleteros, conforme al artículo 19.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y al artículo 4 del Real Decreto 487/1997.
Medidas organizativas para prevenir lesiones en tripulantes de cabina
El fallo también impone que se organice de forma distinta la tarea de cierre de maleteros: cuando un compartimento implica mayor riesgo ergonómico, serán dos trabajadores quienes lo cierren; si uno de ellos mide menos de 1,63 metros (altura habitual en muchas TCP), deberá contar con ayuda. Un ajuste aparentemente simple, pero que puede marcar la diferencia entre un vuelo seguro y una baja médica.
¿Cómo influye la estatura en la prevención de riesgos laborales en cabina?
La altura de los TCP es determinante en el sobreesfuerzo: quienes miden menos de 1,63 m deben inclinarse más y soportar cargas situadas entre 1,85 y 2,20 m sobre el suelo. El fallo impone que los maleteros de mayor riesgo sean cerrados por dos personas, o que quien no alcance esa estatura reciba ayuda, evitando así posturas forzadas que incrementan el riesgo de lesiones dorsolumbares.
Prevención de riesgos laborales en aeronaves: lecciones de la sentencia Iberia
La prevención de riesgos es herramienta esencial en el ámbito laboral, cobrando especial importancia en puestos de trabajo como los TCP, cuyas tareas están marcadas por la urgencia y las limitaciones físicas del entorno.
La Justicia ha hablado con claridad: no basta con detectar un peligro, hay que actuar con diligencia e implantar controles de peso, reorganizar tareas y revisar uniformes, garantizando que cada medida sea vinculante y no meramente informativa.
La detección de un riesgo es solo el primer paso: conforme al artículo 16.2 de la LPRL, Iberia debe planificar e implantar medidas concretas con el fin de eliminar o minimizar situaciones que entrañen cierto peligro para su personal y no limitarse a documentarlo.
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