Sí, es posible, como alquiler vacacional. La diferencia es que el alquiler no se considerará como de vivienda habitual (a efectos de desgravación de casero o inquilino) y que el régimen legal no será el mismo que para los alquileres de larga temporada (lau de 1994). Aquí, cada comunidad autónoma puede presentar legislación específica
Normalmente los precios son más elevados para cortos periodos de tiempo, pero deberá ser en todo caso el que se acuerde entre casero e inquilino
1 Respuestas:
Hola,
Sí, es posible, como alquiler vacacional. La diferencia es que el alquiler no se considerará como de vivienda habitual (a efectos de desgravación de casero o inquilino) y que el régimen legal no será el mismo que para los alquileres de larga temporada (lau de 1994). Aquí, cada comunidad autónoma puede presentar legislación específica
Normalmente los precios son más elevados para cortos periodos de tiempo, pero deberá ser en todo caso el que se acuerde entre casero e inquilino
Saludos,
Elena
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