Pregunta de

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8 Octubre 2012, 15:18

El contrato no se puede declarar nulo por voluntad de la mitad de una parte. Cuando se firma un contrato de arrendamiento se debe recordar que los inquilinos tienen unos derechos que los propietarios deben respetar, les guste o no, les convenga o no.

Si el contrato de arrendamiento lo firmó uno de los cónyuges cuando aún no había sentencia firme de divorcio con adjudicación de los bienes gananciales, su firma obliga al otro. Pasaría lo mismo si uno de ellos en solitario compra al contado un coche: pasa a ser de la sociedad de gananciales.

La parte que se siente perjudicada por las decisiones de su ex-pareja deberá hablar con la otra para intentar solucionar sus diferencias del mejor modo posible, dejando muy claro que si los inquilinos actuales no se quieren ir, nadie les puede echar si pagan el arrendamiento, y que si no quieren enseñar el piso nadie les puede obligar. Deberéis esperar a que se terminen los 5 años marcado por la ley para poder comunicarles que no vais a prorrogar el alquiler.
Por supuesto, procurad que para entonces ya esté terminada la adjudicación de bienes, pues si no la parte que lo alquiló a sus familiares podrá volver a hacerlo.

Quizá os pudiera resultar interesante ofrecérselo en venta a los propios inquilinos. Si no tenéis suficiente para pagar la cuota hipotecaria es cuestión de tiempo que os ejecuten el préstamo y la casa vaya a subasta.

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