La comunidad Debe reclamar la deuda a quien es titular la de la vivienda. Si en el contrato de alquiler consta que, a partir de la fecha de dicho contrato, será el arrendatario quien corra con los gastos comunitarios, la susodicha comunidad podrá, a partir de ese momento, exigir el pago de las cuotas futuras, no las anteriores a la fecha del contrato de arrendamiento.
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La comunidad Debe reclamar la deuda a quien es titular la de la vivienda. Si en el contrato de alquiler consta que, a partir de la fecha de dicho contrato, será el arrendatario quien corra con los gastos comunitarios, la susodicha comunidad podrá, a partir de ese momento, exigir el pago de las cuotas futuras, no las anteriores a la fecha del contrato de arrendamiento.
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