Hola muy buenas:
Tengo un contrato de alquiler que tiene una duración de 3 años. Ahora mismo llevamos dos años viviendo en la casa.
En caso de que quisiéramos dejar la vivienda antes de la finalización del contrato ( por ejemplo a los 2 años y 6 meses ), ¿ Estaríamos obligados a pagar alguna indemnización al propietario aunque le avisáramos con dos meses de antelación ?
En mi contrato dice lo siguiente, lo cual me parece abusivo :
" Si el arrendatario decidiera rescindir el contrato a partir del primer año, cuyo pago es obligatorio, deberá realizar un preaviso de al menos dos meses, no pudiéndose utilizar la fianza con pago del último mes. En caso de desestimar el contrato después del primer año sin esperar el cumplimiento del tiempo pactado, deberá dejar el inmueble en las mismas condiciones en que se entregó en cuanto a pintura, estado de la cocina y baños. EL PERÍODO DE DURACIÓN MÍNIMA DEL PRESENTE CONTRATO SERÁ DE 3 AÑOS, EN CASO DE NO RESPETAR ESTE PERÍODO SE PENALIZARÁ CON LA PÉRDIDA DEL DEPÓSITO CONSTITUÍDO"
¿ Quiere decir esto, que si no estamos 3 AÑOS por lo menos el propietario se podría quedar con nuestro depósito????
¿ Es esto legal ?
Muchas garcias
Un saludo

Pregunta de

7 Respuestas:

Javi
23 Noviembre 2017, 15:26

No, no te puede quitar el depósito ni tienes que avisar con dos meses, lo que dice la ley:

"El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización. "

Es decir si te vas a los dos años y seis meses avisando con 30 días tendrás que indemnizar un máximo de media mensualidad

Javi
23 Noviembre 2017, 15:34

Añado a mi comentario anterior que dado que la cláusula de tu contrato es NULA sino aparece específicamente lo que menciona la ley NO tendrás que indemnizar nada si avisas con 30 días, ya que la ley dice que tiene que estar pactado y en tu caso ha quitado esa cláusula por una que se ha inventado por lo que revisa si no especifica esa otra indemnización en tu contrato. De no aparecer no tienes que indemnizar nada, solo avisar con 30 días.

Luis
23 Noviembre 2017, 17:19

Muchísimas gracias Javi, ya contaré como acaba todo.
Un saludo

Javi
23 Noviembre 2017, 18:00

Tu casero es un listo y por listo le va a salir caro, ten en cuenta que también se ha inventado que la duración mínima es un año cuando la ley dice que son 6 meses, lo que también es nulo. Por querer sacar tajada con una clausula abusiva se va a quedar con 0 indemnización si te vas con 30 días. Te lo digo para que estés pendiente de todo tu contrato y revises que no haya mas clausulas así.

5mce88
31 Julio 2018, 11:49

Hola buenas, tengo un contrato de arrendamiento de 2 años. He estado 1 año y 3 meses. Avisé con 30 días de antelación de que dejaba el piso y en el momento de la entrega de llaves me avisaron de que no me devolvían el deposito porque en el contrato especificaba lo siguiente:

" El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que haya transcurrido al menos un año, debiéndose comunicar al arrendador con una antelación mínima de sesenta días, sin derecho a ninguna reclamación de las cantidades"
Pienso que esto es ilegal y que no me puede quitar nada ni denunciar por avisar con 30 días como dice la ley, pero si me podéis ayudar

Gracias de antemano

Entiendo que tu cláusula es nula ya que la ley habla de 30 días y no de 60 y además, al menos con esa frase que has puesto, no especifica penalización.

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