Tu contrato ha finalizado y tu casero puede hacerte uno nuevo por la cantidad que estime, que tu podrás aceptar o no. Que estén arreglando la fachada no afecta en nada al resto
O sea que las pensiones suben un 0,25%, el IPC un 1,6% aproximadamente segun el año y dices que el casero te puede subir la renta por la cantidad que estime. Esto tendria que ser un delito de especulación. Lza vivienda es un bien de primera necesidad. y el gobiernop tendria que regular los precios. Pero los gobiernos hasta ahora son unos cobardes con el sector inmobiliario. No solo de España. y asi vamos. Que los ricos son cada vez mas ricos y los pobres más pobres.
Evidentemente el casero puede subir lo que estime el alquiler de SU propiedad una vez finalizado el contrato en vigor, como indica la publicación original. Otra cosa es que te lo haga en alguna de las renovaciones obligatorias de contrato en donde sí que no puede subir el alquiler más que el IPC. Pero una vez pasados los tres años el contrato se da por finalizado y el propietario puede poner el precio que estime por su propiedad, no es algo que diga yo, es que es lo que hay. Igualmente durante los años de la crisis los pisos bajaron más que el IPC - bastante más. El mercado del alquiler se rige por la oferta y la demanda y estos mercados no se rigen por el IPC salvo que exista un contrato entre las partes.
3 Respuestas:
Tu contrato ha finalizado y tu casero puede hacerte uno nuevo por la cantidad que estime, que tu podrás aceptar o no. Que estén arreglando la fachada no afecta en nada al resto
O sea que las pensiones suben un 0,25%, el IPC un 1,6% aproximadamente segun el año y dices que el casero te puede subir la renta por la cantidad que estime. Esto tendria que ser un delito de especulación. Lza vivienda es un bien de primera necesidad. y el gobiernop tendria que regular los precios. Pero los gobiernos hasta ahora son unos cobardes con el sector inmobiliario. No solo de España. y asi vamos. Que los ricos son cada vez mas ricos y los pobres más pobres.
Evidentemente el casero puede subir lo que estime el alquiler de SU propiedad una vez finalizado el contrato en vigor, como indica la publicación original. Otra cosa es que te lo haga en alguna de las renovaciones obligatorias de contrato en donde sí que no puede subir el alquiler más que el IPC. Pero una vez pasados los tres años el contrato se da por finalizado y el propietario puede poner el precio que estime por su propiedad, no es algo que diga yo, es que es lo que hay. Igualmente durante los años de la crisis los pisos bajaron más que el IPC - bastante más. El mercado del alquiler se rige por la oferta y la demanda y estos mercados no se rigen por el IPC salvo que exista un contrato entre las partes.
Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta