El dueño de la vivienda que se arrienda es una empresa y la inmobiliaria nos cobra los honorarios que lo veo correcto pero además el iva de esos honorarios cuando el dueño del piso es una empresa. Según tengo entendió no es legal cobrarlo cuando el dueño es empresa o al menos aquí en barcelona. Gracias

Pregunta de

1 Respuestas:

gl.vanessa
10 Junio 2021, 11:34

Si el propietario es una persona jurídica no pueden repercutirte gastos de gestión inmobiliaria. RD Ley 7/2019 art. 20 LAU

"Los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato serán a cargo del arrendador, cuando este sea persona jurídica."

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