Pregunta de

1 Respuestas:

lola ferrer
15 Septiembre 2010, 22:43

EXISTE UNA deducción temporal por obras de mejora en la vivienda habitual, permitirá deducirse hasta un 10% de las cantidades que se inviertan entre el 14 de abril de 2010 (fecha de entrada en vigor del Decreto Ley) y el 31 de diciembre de 2012 en actuaciones de mejora en la vivienda habitual, o en el edificio en el que ésta se encuentre, con un límite total de 12.000 euros por vivienda. El límite anual máximo por contribuyente será de 4.000 euros.
Podrán beneficiarse de esta deducción la gran mayoría de los contribuyentes, con la única excepción de los que tengan una base imponible superior a 53.007,20 euros, que suponen únicamente el 5% del total.
En línea con lo establecido en el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, permitirán beneficiarse de este nuevo incentivo fiscal las obras que tengan por objeto mejorar la eficiencia energética de la vivienda (instalación de paneles solares, mejora de aislamiento de ventanas, cambio de bañera por ducha…), consolidar la seguridad y estanqueidad de los edificios (sustitución de instalaciones de electricidad, agua o gas), favorecer la accesibilidad (adaptación de ascensores a las necesidad de personas con discapacidad, instalación de rampas de acceso…) e instalar nuevas infraestructuras de telecomunicaciones que permitan el acceso a Internet o a servicios de televisión digital en las viviendas de los contribuyentes.
Es importante subrayar, además, que el incentivo sólo se podrá aplicar sobre las cantidades abonadas mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas de entidades de crédito, nunca cuando los servicios se abonen en efectivo. Esta cautela tiene como principal objetivo colaborar en la prevención del fraude fiscal y laboral.
Conviene aclarar que los contribuyentes sólo podrán empezar a beneficiarse de esta nueva ayuda fiscal a partir de la Declaración de la Renta de 2010 (a presentar en el año 2011) y que, por tanto, no podrá aplicarse en la que se realice en este ejercicio. Por ello, es importante conservar las facturas recibidas por las obras correspondientes para justificar las inversiones.

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