LO normal, es que el trastero está como a-n-e-j-o a la vivienda, entonces no hay coeficiente de participación individual, por lo tanto sólo paga una cuota de comunidad y un solo I.B.I. Para ello mira tu escritura si está como anejo.
En las últimas fincas, suele ocurrir, que los sótanos con uso-destino a plazas de garaje y trasteros, puede que no estén como a-n-e-j-o-s a las viviendas y está toda la planta de sótano como partes indivisas y un único titular, un total y único coef. De propiedad de dicha planta de sótano y un único recibo de i.b.i.. En este caso, se debe de constituir una comunidad de dicha planta de sótanos y se describa la cuota de cada parte( sea garaje o trastero)en función de su superficie y valor de cada una.
Creo que es así, puedes consultar a un "administrador de fincas".
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LO normal, es que el trastero está como a-n-e-j-o a la vivienda, entonces no hay coeficiente de participación individual, por lo tanto sólo paga una cuota de comunidad y un solo I.B.I. Para ello mira tu escritura si está como anejo.
En las últimas fincas, suele ocurrir, que los sótanos con uso-destino a plazas de garaje y trasteros, puede que no estén como a-n-e-j-o-s a las viviendas y está toda la planta de sótano como partes indivisas y un único titular, un total y único coef. De propiedad de dicha planta de sótano y un único recibo de i.b.i.. En este caso, se debe de constituir una comunidad de dicha planta de sótanos y se describa la cuota de cada parte( sea garaje o trastero)en función de su superficie y valor de cada una.
Creo que es así, puedes consultar a un "administrador de fincas".
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