He comprado una vivienda en CATALUÑA que resulta ser de una finca que se construyó como VPO en 1976 , y es una Protección larga de 50 años que finaliza en 2026. Mi vendedor YA COMPRO en 1996 la vivienda LIBERALIZADA de precio , sin figurar en ningun registro de solicitante de VPO, y la compró a precio de mercado al primer señor que la había comprado protegida. (He sabido que el piso está LIBERALIZADO de precio desde 1994). Según mi API al estar ya LIBERALIZADA DE PRECIO no habría problema, fuimos al Notario y realizamos la compraventa, y ya después me dijo que fuera a HABITATGE DE LA GENERTALITAT a "visar la escritura" y así lo hice. Pues bien, mi sorpresa fue que allí me dijeron que igual la compraventa se declaraba NULA y me tendrían que devolver el dinero y vuelta para atrás, y aquí no ha pasado nada. Me comentaron que esto sucedía porque " la vivienda está LIBERALIZADA de precio, pero no ha acabado la PROTECCIÖN" , por lo que OK a venderla a PRECIO DE MERCADO , pero sólo a alguien que esté inscrito en el listado de solicitantes de VPO, cosa totalmente ABSURDA e INCOHERENTE , pq una persona inscrita en este listado no irá a mirar pisitos a precio de mercado libre. Ahora el tema es que hemos de esperar un máximo de 3 meses a que el Registro de Habitatge de la Generalitat lo "deje pasar por bueno" o "nos declaren nula la compraventa". Alguien me puede explicar POR QUÉ y de qué sirve esto , porque yo no he tenido ningún beneficio de NADA , he pagado precio de mercado, he pagado el 10% de ITP que se paga en Cataluña, la venta se hizo a través de una agencia, o sea un API que se llevó su comisión, he pagado los honorarios al señor notario, en fin, estoy que me subo por las paredes !!! Alguna idea ??? Alguna explicación de este "palo a las ruedas " por parte de la querida Generalitat? Nota; yo no puedo inscribirme en ningun Registro de solicitantes de VPO pq ya tengo un piso-caja de cerillas a mi nombre

71 Respuestas:

Victor
23 Octubre 2026, 19:19

La clave está en distinguir entre la liberalización del precio de venta y la descalificación definitiva de la vivienda como VPO. Son dos cuestiones jurídicamente distintas.

Que la vivienda pueda venderse a precio de mercado no significa necesariament que hayan desaparecido las restantes limitaciones.

Ahora bien, Es necesario comprobar el régimen jurídico concreto de la vivienda, su calificación definitiva, la normativa aplicable y las consecuencias legales del eventual incumplimiento.

Mi recomendación es solicitar el expediente de calificación y la resolución que autorizó la liberalización del precio en 1994. Además, siendo 2026 el año de finalización de la protección, resulta especialmente importante comprobar la fecha exacta de su extinción.

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