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No todo vale para las inmobiliarias y a las promotoras a la hora de anunciar una vivienda en venta o en alquiler. La ley exige que la publicidad que se hace de una casa esté adaptada a las verdaderas características, condiciones y utilidad del inmueble. Y aunque parezca mentira, en algunas comunidades autónomas como en Andalucía la normativa va más allá e impone que los anunciantes dispongan de una serie de documentos a disposición del comprador cuya falta es sancionable

Según establece la normativa nacional (real decreto 515/1989) sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compra-venta  y arrendamiento de viviendas, los vendedores o arrendadores a nivel profesional han de tener a disposición del público una cierta información sobre cada vivienda que gestionan con el fin de evitar que quien pretenda comprarla o arrendarla se forme una imagen equivocada. Estos datos, entre otros, incluyen:

- Identificación clara de la identidad del vendedor o arrendador

- Plano general del emplazamiento y de la vivienda misma, así como descripción y trazado de las redes eléctricas, de agua, gas y calefacción y de lafs medidas de seguridad contra incendios con que cuenta el inmueble

- Descripción de la vivienda con expresión de su superficie útil, y descripción general del edificio, de las zonas comunes y de servicios accesorios

- Referencia a los materiales empleados

- Instrucciones sobre el uso y conservación de las instalaciones que exijan algún tipo de actuación o conocimiento especial

- Datos identificativos de la inscripción del inmueble en el registro de la propiedad o expresión de no hallarse inscrito en el mismo

- Precio total o renta de la vivienda y servicios accesorios y forma de pago

- Copia de las autorizaciones legalmente exigidas para la construcción de la vivienda, estatutos de la comunidad de propietarios, si ésta ya existen, e información en cuanto al pago de tributos que gravan a la vivienda

El consejo general de los colegios oficiales de agentes de la propiedad inmobiliaria (coapi) confirma que las administraciones realizan inspecciones en las agencias inmobiliarias con elevadas sanciones para comprobar si se cumple esta normativa de información

Sin embargo, algunas comunidades han decidido ir un paso más allá e incluir en su propia normativa medidas adicionales de protección al consumidor en materia de vivienda. Es el caso de la Comunidad Valenciana (ley 8/2004, de 20 de octubre, de la vivienda de la Comunidad Valenciana), Galicia (ley 18/2008, de 29 de diciembre, de vivienda de Galicia) o Cataluña  con su ley de derecho a la vivienda, que indican el contenido detallado que, como mínimo, debe contener la publicidad de la vivienda en venta

El caso de Andalucía

Andalucía es sin embargo la comunidad con una normativa más rígida en cuanto a la publicidad que los vendedores profesionales hacen de sus inmuebles. En 2005 esta comunidad publicó un reglamento de información al consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas que afecta, y mucho, a los profesionales. Esta normativa crea la figura del documento informativo abreviado (dia), un informe que recoge toda la información sobre las viviendas nuevas (datos del promotor, proyectista, director de obra, empresa constructora, fecha de entrega, planos, etc) y que el vendedor está obligado a entregar gratuitamente a todo aquél interesado en una casa

Además, el vendedor tiene que poner a disposición de los clientes una ficha informativa para cada vivienda de segunda mano que gestiona y que incluye todos los datos de la casa. También debe detallar el precio de la vivienda y la forma de pago para cada inmueble

La exigencia de la comunidad de Andalucía con las inmobiliarias no queda aquí. Los establecimientos andaluces en los que se realiza actividad profesional respecto a la venta o arrendamiento de viviendas deben exhibir un cartel con este texto: “el consumidor tiene derecho a que se le entregue una copia del correspondiente documento informativo abreviado de la vivienda” que deberá situarse junto al que indica la disponibilidad de hojas de quejas y reclamaciones en el establecimiento, con igual tamaño, de forma perfectamente visible y, al menos, en castellano

Según una encuesta llevada a cabo por la organización de consumidores facua Andalucía en 2008, el 59% de las inmobiliarias incumplía entonces la obligación de exponer de forma visible el cartel, si bien en 2006 este porcentaje de incumplimiento se elevaba hasta el 92% de las agencias. Aunque no hay datos más recientes, lo cierto es que la mayoría de inmobiliarias ha tenido que adaptarse a estos requerimientos ante las sanciones contempladas en la ley por el incumplimiento.  Es el caso de Gámez rosales servicios financieros , Una empresa de intermediación inmobiliaria localizada en Almería y que ha sufrido en primera persona una sanción a causa de una inspección por este motivo. Su pecado: no indicar en el cartel los metros útiles de la vivienda y sí los construidos. Manuel gámez, gerente de la agencia, asegura que cumple con todos los requisitos para el desarrollo de su actividad como agente inmobiliario. Gámez ha puesto en conocimiento de idealista news esta estricta normativa que se aplica en Andalucía para conocimiento de aquellos que la desconozcan pero agrega que facilitar toda la documentación de una vivienda a cualquiera que pregunte por un inmueble puede suponer un inconveniente para algunos propietarios de viviendas, que no desean que toda la información de su casa sea proporcionada a cualquiera que lo solicite sin más que preguntar por el inmueble

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27 Comentarios:

16 Enero 2012, 11:22

Lo que tendrían que hacer es como en Cataluña, donde uno tiene que ser API para poder vender inmuebles. Así, por lo mínimo se podría eliminar gran parte de la gentuza que mancha la imagen del sector inmobiliario, los callejeros que no pagan sus impuestos. También, estúpidos, la gran parte de clientes, quienes prefieren comprar asi pensando que así se ahorran los honorarios de la inmobiliaria. Los pocos clientes míos, comprando directamente del propietario , en general pagaron más que comprando algo similar a través de la inmobiliaria y además mal gestionado, deudas pendientes etc.

16 Enero 2012, 11:59

In reply to by API (not verified)

Tienes toda la razón del mundo. Sólamente una cosa, yo no soy api, y creo que para hacer bien la labor no hay porque serlo, eso si, tener conocimientos, estudios y formación para poder llevar a cabo un buen trabajo, y sobre todo ser honrado (aunque no tengamos esa fama por culpa de la gentuza de la que tu hablas). A mi me pasa lo mismo, la gente que compra directamente con el particular o callejeros, al final lo único que consiguen es pagar mas y numerosos problemas, que curiosamente luego recurren a nosotros para que se los solventemos, en varias ocasiones ya han venido por mi inmobiliaria a que se los solucionemos, y evidentemente no he asesorado ni arreglado ninguno de esos casos y además teniendo la solución en mis manos, ya que la experiencia es unos de los principales factores para no tener ese tipo de problemas o para saber solventarlos, y es mas, cuando acuden clientes a mi que han comprado a través de particulares o gentuza, les digo directamente el porque les ha pasado eso y el porque no les soluciono el problema. Ahora que acudan a abogados y que pagan una muy importante cantidad de dinero (y veo normal que se la cobren).

25 Enero 2013, 13:13

In reply to by API (not verified)

Estas mal informado, en catalunya no tenemos que ser api , eso es una opcion , simplemente una asociacion de agentes inmobiliarios, nada mas. Lo que tienes que tener es seguro de responsabilidad civil, caucion, y estar registrado en el AICAt ( es decir en la Generalitat),y que sepas que los APi no es que sean la asociacion de expertos inmobiliarios mas legal de España. Un saludo.te aseguro que hay muchos piratas api , muchos de ellos son lso que manchan la imagen del sector inmobiliario.tambien dire otra cosa el sector inmobiliario es muy complicado en este secto esta lleno de delincuentes, pero en ambas partes ,tanto el agente inmobiliario, como el futuro comprador o propietario, sobretodo en España, que esta de moda lo de no querer pagar por los servicios prestados. Saludos.(soy agente inmobiliario )

16 Enero 2012, 11:23

"Descripción y trazado de las redes eléctricas"

16 Enero 2012, 11:52

Si ya estabamos mal y esto se lleva a cabo ya podemos colgar el cartel de cerrado todas las inmobiiarias.
Esta normativa es absolutamente imposible de cumplir.
Y evidentemente la gente ya puede dejar de anunciarse en portales web (ya que son un escaparate inmobiliario).
Quien se le ocurrió la idea, evidentemente no tiene ni la mas mínima idea de como funciona el sector.
Ya me explicarán que propietarios de viviendas de segundamano con ciertos años de antiguedad, donde están planos de vivienda, de redes, de suministros, de medidas contraincendios, etc, etc, etc.
Así si que ya consiguen del todo hundir España.
Que valor y que ignorancia tienen quien sacan este tipo de leyes........

16 Enero 2012, 11:54

¿ Como denunciar al que hace operaciones inmobiliarias sin estar dado de alta?. Los callejeros.
Un saludo

16 Enero 2012, 11:56

Todo negativo para el que tiene un local abierto al publico, ¿Y para el que realiza la profesion sin estar dado de alta y sin local ni papeles?

16 Enero 2012, 12:06

Si les damos tambien la direcion exacta, el piso la puerta y les damos tambien el telefono del propietario directamente y asi hacen entre ellos la compra venta, tu cuando llamas al tecnico de la lavadora le pides algun documento o algun certificado de que ha estudiado?

16 Enero 2012, 14:25

In reply to by anónimo (not verified)

Por que os ponéis tantas medallas, si la gran mayoría, y digo la gran mayoría de las inmobiliarias no son claras,
Esos que llamáis gentuza y callejeros lo hace vuestro propio gremio.
Y como denunciar "profesionales""" que aún estando legales, con sus locales, impuestos, ect,ect, ect, hacen contratos poco transparentes y totalmente leoninos,y que ademas en las firmas de compra venta si pueden se lo llevan por la calle de enmedio?? y lo que es peor en michisisimas ocasiones terminan en los juzgados,?

descenso suave
16 Enero 2012, 12:34

No deja de ser una de las compras mas importantes en la vida de muchas personas.

Entiendo que a la hora de anunciarlo saber todo eso a la agencia le puede suponer un exceso de horas brutal, y no creo que sea necesario, pero si que considero que la agencia conozca varios de esos aspectos para transmitirselos al cliente, al menos antes de la firma de la señal es importante.

Y de los piratas que no pagan impuestos, y los que tienen local abierto y gastos etc. pasa en todo, miren los percebeiros, compraventa de coches, los chiringos de playa y los que se pasean por la playa con un cubo de bebidas, ....
Dicho esto, que pase no quiere decir que este bien, logicamente esta mal, y es algo que habria que erradicar; poniendo multas de verdad, no mariconadas de sanciones, y logicamente denuncias anonimas.

Con las denuncias anonimas se perderia mucho tiempo, estoy de acuerdo, pero para eso tenemos el exceso de funcionarios que tenemos, ademas asi el que no cumpliese la ley podria estar algo acojonadillo.

Saludos

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