Los contratos de alquiler se renuevan automáticamente si pasan los cinco años que marca la ley y ninguna de las partes ha expresado su voluntad de rescindir el contrato. En caso de que así sea, el arrendamiento se renovará por un plazo de tres años. Te contamos todo sobre la renovación de los contratos de arrendamiento en 2024.
En general, los contratos de alquiler de vivienda entre particulares tienen una duración de cinco años (siete en los contratos de arrendamiento en los que el propietario sea una persona). La renovación del contrato de alquiler se hace de forma automática solo en los casos en los que ninguna de las dos partes haya expresado su voluntad de rescindir el contrato una vez pasados esos cinco años.
¿Por cuánto se renuevan los contratos de alquiler en 2024?
Una vez se renueva el contrato, se prorroga por plazos anuales hasta un máximo de tres años. A partir de la prórroga del contrato de alquiler, todas las renovaciones que se realicen posteriormente serán de tres años.
En el supuesto que sea el arrendador quien quiera romper la relación de arrendamiento, solo podrá recuperar la vivienda si la necesita para su uso personal o un familiar de primer grado.
¿Cómo cancela un propietario la renovación de un contrato?
Si se quiere cancelar la renovación automática de un contrato de arrendamiento, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración (siete si el arrendador fuera una persona jurídica), el propietario tendrá que avisar con cuatro meses de antelación a la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
¿Cómo evita un inquilino la renovación de un contrato de alquiler?
Pasados los cinco años de duración del contrato, el inquilino podrá cancelar la renovación del alquiler si avisa con dos meses de antelación su voluntad de no renovarlo. En caso de no avisar, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al propietario con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.
Contratos firmados desde el 6 de junio de 2013 al 6 de marzo de 2019
Los contratos de arrendamiento firmados durante este periodo tienen una vigencia de tres años. Una vez cumplido este plazo, si ninguna de las dos partes manifiesta su voluntad de terminarlo, se renovará de forma automática por un año más. A partir de los tres años, las prórrogas serán anuales.
En los contratos de arrendamiento de vivienda firmados desde el 6 de junio de 2013 al 6 de marzo de 2019, el propietario puede avisar con tan solo un mes de antelación, a diferencia de los cuatro meses de la última LAU.
¿Cuándo se puede subir el precio del alquiler en 2024?
Durante el transcurso del alquiler, el precio solo podrá ser actualizado por el propietario o el inquilino en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato y en los términos pactados por las partes. En defecto de pacto expreso, no se aplicará revisión de rentas a los contratos.
¿Qué pasa si no se renueva el contrato de alquiler de una vivienda?
Si se avisa cumpliendo los plazos de preaviso, el contrato de alquiler llegará a su fin. Si el inquilino se queda en el piso sin renovar el contrato, habrá que recurrir a la justicia para recuperar la vivienda. Si no se avisa de la voluntad de no renovarlo, se renovará automáticamente.
¿Cuántos años se puede renovar un contrato de alquiler?
Para los contratos de arrendamiento firmados desde el 6 de marzo de 2019, una vez cumplidos los cinco años mínimos, se podrá renovar el contrato por prórrogas de tres años.
¿Cómo se actualizan los contratos de alquiler según la nueva ley?
Según la última Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la renta del alquiler se actualiza año a año de acuerdo al índice de revisión de precios pactado por ambas partes en el contrato de arrendamiento (IGC o IPC son los más comunes). Según los valores del índice de referencia empleado, el precio podrá subir o bajar.
¿Cuánto tiempo de preaviso para no renovar contrato de alquiler?
El arrendador debe realizar un preaviso al inquilino con cuatro meses de antelación a la fecha de finalización del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas. El inquilino debe efectuar un preaviso con dos meses de antelación a la fecha de finalización del contrato, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.
Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta