La región destinará 21 millones de euros en ayudas de alquiler para jóvenes y colectivos vulnerables. El plazo para solicitarlas acaba el 15 de diciembre
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Ayudas al alquiler Madrid 2023
GTRES

Arranca el plazo para solicitar las ayudas al alquiler en la Comunidad de Madrid. Unas ayudas directas que alcanzan el 50% de la renta y que van destinadas a unos colectivos muy concretos: desde jóvenes a mayores, pasando por personas con pocos recursos económicos. 

Según el Real Decreto 42/2022, la región presidida por Isabel Díaz Ayuso ofrecerá ayudas para el alquiler de la vivienda a sectores de población con escasos medios económicos y mayores de 65 años, así como también a los jóvenes menores de 35 años que residan en régimen de arrendamiento en la comunidad. Y la fecha para presentar la solicitud arranca este 1 de noviembre. En el caso del año 2023, la partida presupuestaria para estas ayudas es de 21,17 millones de euros, de los que 11,3 millones serán para el programa de ayuda al alquiler de la vivienda y los otros 9,86 millones restantes, para el programa de ayuda a los jóvenes. 

Repasamos las claves de estas ayudas, en qué plazo hay que presentar la solicitud y dónde, y qué documentación hay que aportar:

 

Quién puede pedir la ayuda al alquiler en Madrid

El objetivo no es otro que facilitar el acceso y el disfrute de una vivienda en régimen de alquiler a jóvenes, mayores y personas con dificultades económicas. Las ayudas se dividen en dos bloques:  

  • Programa de Ayudas al Alquiler 

    • Familias numerosas 
    • Familias monoparentales con cargas familiares 
    • Unidades de convivencia con alguna víctima acreditada de violencia de género 
    • Unidades de convivencia con alguna víctima acreditada de terrorismo 
    • Unidades de convivencia que cuenten con algún miembro con discapacidad 
    • Unidades de convivencia con todos los miembros en situación de desempleo que hayan agotado las prestaciones 
    • Unidades de convivencia con todos sus miembros mayores de 65 años 
  • Programa de ayuda a jóvenes

    • Para unidades de convivencia cuyos arrendatarios tengan menos de 35 años en el momento de la solicitud. Los restantes miembros de la unidad de convivencia deberán ser también menores de 35 años. 

Requisitos a cumplir para acceder a las ayudas al alquiler

La lista de requisitos a cumplir es amplia, aunque es importante destacar que la vivienda objeto del contrato debe serlo por una renta igual o inferior a 900 euros o de hasta 450 euros en el caso de arrendamiento de la habitación. Este límite, no obstante, baja a 600 y 300 euros, respectivamente, en determinados municipios. 

En cuanto a los ingresos máximos permitidos, depende del tipo de familia que solicite la ayuda, siendo el estándar el de ingresos menores o iguales a 3 veces el IPREM Y la norma se refiere al IPREM de 14 pagas, siendo el de 2023 8.400 euros, lo que equivaldría a no superar unos ingresos mínimos de 25.200 euros anuales. En el caso de familias numerosas de categoría general o de unidades de convivencia con personas con discapacidad, el límite se sitúa en 4 veces el IPREM. 

Plazo para solicitar las ayudas al alquiler en Madrid 

El plazo de presentación de solicitudes es del 1 de noviembre al 15 de diciembre de 2023, ambos inclusive. Y no hay posibilidad de ampliación. 

Dónde se solicitan las ayudas al alquiler de Madrid

Estas ayudas se pueden solicitar de forma telemática en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid y también de forma presencial en el Registro General de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid. En cualquier caso, desde el Gobierno regional recuerdan que hay que utilizar el modelo oficial de solicitud y los anexos que se pueden descargar desde la web.

Documentación a aportar para solicitar las ayudas de alquiler

  • Copia del contrato de alquiler o de cesión de uso, o de los contratos de alquiler o cesión de uso vigentes en el periodo subvencionable.
  • El certificado de empadronamiento colectivo/familiar (con indicación de todos los que viven en la vivienda) e histórico (con indicación de la fecha del alta en la vivienda para la que se pide la ayuda), de todos los contratos vigentes desde el 1 de enero de 2023.
  • Copia del permiso de residencia de larga duración o del permiso de residencia temporal, si se trata de extranjeros no comunitarios.
  • En el caso de perceptores de renta mínima de inserción o de prestaciones de la Seguridad Social, certificado emitido por el organismo pagador correspondiente de la cuantía anual percibida en el último ejercicio fiscal con plazo de presentación vencido (2022).
  • En caso de trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, certificado de bases de cotización del último ejercicio fiscal con plazo de presentación vencido (2022).
  • Documentación acreditativa, en su caso, del grado de discapacidad y de ser familia numerosa.

En el caso de solicitar la subvención del Programa de Ayuda a Jóvenes, además de la documentación anterior, deberán aportar, en su caso, la documentación acreditativa de ser hijo o hija de víctima de violencia de género, a los efectos de calcular el límite máximo de ingresos.

En el caso de solicitar la subvención del Programa de Ayuda al Alquiler de vivienda por ser un sector con escasos medios económicos, además de la documentación anterior, deberán aportar:

  • Unidades monoparentales con cargas familiares: copia del libro de familia y/o documentación acreditativa.
  • Documentación acreditativa como víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.
  • Certificado del Servicio Público de Empleo que acredite que todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de edad han agotado la prestación por desempleo y se encuentran en situación de desempleo.

Se procederá a consultar, si así se ha autorizado, la declaración de IRPF o certificado de las imputaciones de rentas que constan en la AEAT de todos los arrendatarios y los mayores de edad de la unidad de convivencia, teniendo en cuenta que el último ejercicio fiscal con plazo vencido anterior a la presentación de la solicitud es 2022.

Cómo es el proceso de concesión de las ayudas al alquiler

Según detalla la Comunidad de Madrid, "el procedimiento de concesión de las subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, de forma que se tramitarán todas las solicitudes presentadas y posteriormente se compararán de acuerdo con los criterios de valoración fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria de la subvención (los menores ingresos de la unidad de convivencia), obteniéndose un orden de prelación, siguiendo ese orden se procederá a su concesión hasta el límite del presupuesto disponible". 

La región también tiene un apartado de preguntas frecuentes, para solucionar dudas. 

Ayudas del alquiler para jóvenes en 2024

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, anunció a finales de septiembre en una sesión de control del Pleno de la Asamblea de Madrid que destinará 9 millones de euros para una nueva convocatoria de ayudas al alquiler que incluirá una parte destinada a jóvenes.

Se trata de una ayuda directa al alquiler y su cuantía será del 50% de la renta o precio mensual que deba satisfacer la persona beneficiaria por el alquiler o uso de su vivienda o habitación habitual y permanente. 

Los beneficiarios son personas físicas mayores de edad hasta 35 años que sean titulares o están en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento cuya renta sea igual o inferior a 600 euros mensuales (salvo en 29 municipios de la Comunidad, donde puede llegar hasta los 900 euros). También unidades de convivencia cuyos arrendatarios tengan menos de 35 años en el momento de la solicitud, incluyendo la edad de 35 años. Los restantes miembros de la unidad deberán ser también menores 35 años.

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