Pregunta de

4 Respuestas:

Anonymous
15 Septiembre 2010, 18:48

ESTARÁ sUJETO AL Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, que era del 6% (pero no estoy segura de que no lo hayan subido) más los honorarios del notario y el registro de la propiedad lógicamente. No aceptes pagar la plusvalía tú, porque legalmente le corresponde al vendedor, que algunos van de pillos. En hacenda tedirán exactamente el porcentaje, pero estará por ahí (6 o 7) espero haberte ayudado

Anonymous
15 Septiembre 2010, 18:49

Ah, y este imùesto sustituye al Iva: es decir las viviendas de 2ª Mano pagan este impuesto y no el iva, que no te lien

lola ferrer
15 Septiembre 2010, 22:44

El tipo de gravamen del itp depende de la comunidad autónoma, no obstante suele ser el 7%, no el 6%.

Anonymous
22 Septiembre 2010, 16:34

El porcentaje concreto oscila dependiendo de la comunidad autónoma. Lo habitual es el 7%, pero la mayoría tienen reducciones en la cuota de alrededor de un punto para determinadas circunstancias personales (jóvenes para vivienda habitual y cosas así). en Cataluña (y creo que en alguna otra) lo han subido al 8% a la vez que subió el iva (en teoría para no favorecer la compraventa de segunda mano frente a la vivienda nueva, que ahora tiene un iva del 8%).

El problema es que aunque las comunidades no suben los tipos (salvo Cataluña) sí suben los valores mínimos por los que hay que liquidar el impuesto a pesar de que el mercado ha caído mucho. Esto tiene como resultado que muchas veces los valores mínimos de liquidación están muy por encima del precio de la compraventa. Caben dos opciones, o liquidar directamente al valor mínimo o esperar a que te hagan la paralela y pagar entonces con los intereses de demora correspondientes. En cualquier caso, el impuesto pagado finalmente puede ser de mucho más que el tipo teórico (yo he estado implicado en compraventas en las que el itp ha llegado a ser de más del 15-20%), lo que es absolutamente confiscatorio.

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