Hola solete! Según tengo entendido, la ley de arrendamientos urbanos dice que los inquilinos se tendrán que hacer cargo sólo de las reparaciones que se deriven por el uso o desgaste habitual. No se de que carácter serán esas reformas, pero si te las están exigiendo desde gerencia de urbanismo, serán de fachada, tejados, bajantes o algo así con lo que entiendo que afecttan a la habitabilidad del edificio y en este caso la ley dice que es el propietario quien debe hacerse cargo. Pedes consultarlo, la ley a la que me refiero es la ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos. Un saludo
La verdad que no se muy bien como va esto, pero si que se que los ayuntamiento o el estado da ayudas econòmicas para esto y hacen rehabilitaciones de edificios podrias informarte de esto Suerte
4 Respuestas:
Vamos que quieres que los inquilinos te resuelvan el marron, que morro.
Hola solete!
Según tengo entendido, la ley de arrendamientos urbanos dice que los inquilinos se tendrán que hacer cargo sólo de las reparaciones que se deriven por el uso o desgaste habitual. No se de que carácter serán esas reformas, pero si te las están exigiendo desde gerencia de urbanismo, serán de fachada, tejados, bajantes o algo así con lo que entiendo que afecttan a la habitabilidad del edificio y en este caso la ley dice que es el propietario quien debe hacerse cargo. Pedes consultarlo, la ley a la que me refiero es la ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos.
Un saludo
Es obligación del propietario tener la vivienda en condiciones de habitabilidad, si te lo exige Gerencia d urbanismo será por algo.
La verdad que no se muy bien como va esto, pero si que se que los ayuntamiento o el estado da ayudas econòmicas para esto y hacen rehabilitaciones de edificios podrias informarte de esto
Suerte
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