Para saber cómo realiza tu banco la revisión, tienes que mirar la escritura de constitución del préstamo hipotecario y en la cláusula de revisión de tipo, te pondrá cuales son los criterios de utilizan. Te pongo un ejemplo que te puede servir como referencia: 1- definición del tipo de interés aplicable: el tipo de interés nominal anual aplicable a cada período de interés variable, se calculará añadiendo sobre el índice de referencia a continuación descrito, un diferencial fijo de x puntos enteros positivos 2- identificación del índice de referencia: el índice de referencia para los periodos de tipo de interés variable será la “referencia interbancaria a un año” (Euribor). El valor del Euribor que se tendrá en consideración será el último publicado con cinco días de antelación al de la fecha de revisión 3- redondeo.- el tipo de interés aplicable no tendrá redondeo alguno. Algunas entidades aplican redondeo que no puede ser superior “un cuarto de punto porcentual 0.25%”. Respecto a esta cláusula ya existe alguna sentencia judicial que la está declarando abusiva 4- comunicación a la parte prestataria del tipo de interés aplicable. Cuando sea posible la aplicación de uno de los índices de referencia oficiales pactados, no será necesaria la notificación individualizada a la parte prestataria de las variaciones experimentadas en el tipo de interés como consecuencia de la revisión del tipo de interés, el importe de las nuevas cuotas de amortización será el resultante de aplicar el nuevo tipo de interés al capital pendiente hasta el vencimiento del préstamo, sin perjuicio de las nuevas modificaciones que puedan corresponder por aplicación de esta cláusula en tu caso una vez conozcas cual es exactamente como te calculan las revisiones tendrás que empezar en el momento de la primera revisión que tuviste, con el capital pendiente en ese momento. Es un poco complicado ya que el capital pendiente también cambiará en los sucesivos años que tienes que revisar. Igualmente tienes que ver con tu banco si te abonarán interés por esas cantidades que has pagado de más si quieres que analicemos tu situación en detalle, sin gasto ni compromiso alguno, estamos a tu disposición (902 883 887) idealista.com/hipotecas - la hipoteca, sin trampa ni cartón
Me dirigo a usted para recabar información sobre el asunto de la sentencia sobre los suelos abusivos de diferentes bancos, entre ellos el BBVA. Como tenedor de una hipoteca en dicha entidad, y habiendo llegado a mis oídos que se está montando una plataforma para exigir con carácter retroactivo responsabilidades a estas entidades, le ruego me haga saber de que manera me puedo adherir.
Le quedo muy agradecido Jose B. Mayo Alija NIF 51057989 J
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Para saber cómo realiza tu banco la revisión, tienes que mirar la escritura de constitución del préstamo hipotecario y en la cláusula de revisión de tipo, te pondrá cuales son los criterios de utilizan. Te pongo un ejemplo que te puede servir como referencia: 1- definición del tipo de interés aplicable: el tipo de interés nominal anual aplicable a cada período de interés variable, se calculará añadiendo sobre el índice de referencia a continuación descrito, un diferencial fijo de x puntos enteros positivos 2- identificación del índice de referencia: el índice de referencia para los periodos de tipo de interés variable será la “referencia interbancaria a un año” (Euribor). El valor del Euribor que se tendrá en consideración será el último publicado con cinco días de antelación al de la fecha de revisión 3- redondeo.- el tipo de interés aplicable no tendrá redondeo alguno. Algunas entidades aplican redondeo que no puede ser superior “un cuarto de punto porcentual 0.25%”. Respecto a esta cláusula ya existe alguna sentencia judicial que la está declarando abusiva 4- comunicación a la parte prestataria del tipo de interés aplicable. Cuando sea posible la aplicación de uno de los índices de referencia oficiales pactados, no será necesaria la notificación individualizada a la parte prestataria de las variaciones experimentadas en el tipo de interés como consecuencia de la revisión del tipo de interés, el importe de las nuevas cuotas de amortización será el resultante de aplicar el nuevo tipo de interés al capital pendiente hasta el vencimiento del préstamo, sin perjuicio de las nuevas modificaciones que puedan corresponder por aplicación de esta cláusula en tu caso una vez conozcas cual es exactamente como te calculan las revisiones tendrás que empezar en el momento de la primera revisión que tuviste, con el capital pendiente en ese momento. Es un poco complicado ya que el capital pendiente también cambiará en los sucesivos años que tienes que revisar. Igualmente tienes que ver con tu banco si te abonarán interés por esas cantidades que has pagado de más si quieres que analicemos tu situación en detalle, sin gasto ni compromiso alguno, estamos a tu disposición (902 883 887) idealista.com/hipotecas - la hipoteca, sin trampa ni cartón
Me dirigo a usted para recabar información sobre el asunto de la sentencia sobre los suelos abusivos de diferentes bancos, entre ellos el BBVA.
Como tenedor de una hipoteca en dicha entidad, y habiendo llegado a mis oídos que se está montando una plataforma para exigir con carácter retroactivo responsabilidades a estas entidades, le ruego me haga saber de que manera me puedo adherir.
Le quedo muy agradecido Jose B. Mayo Alija NIF 51057989 J
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