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COLEGIO DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE MADRID
18 Octubre 2011, 17:43

Evidentemente, si existe una cláusula contractual en que así se establece, no existe ningún obstáculo legal para que el propietario pueda utilizar la pista de padel. Es un caso singular el expuesto por Vd., pero que es análogo a un supuesto que en la vida ordinaria es común, y que no es otro que el caso de un piso con plaza de garaje vinculada en el que ambas propiedades se alquilan separadamente a distintos inquilinos. O bien el propietario alquila una de ellas, habitualmente el piso y se reserva para si la plaza de garaje. Ello es perfectamente válido y conforme a la Legalidad vigente, que no establece límite alguno a la propiedad para proceder al arrendamiento de la misma, total o parcialmente.

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