Pregunta de

4 Respuestas:

Anonymous
19 Diciembre 2012, 19:11

Creo que no es del todo correcto lo que me indican.
Si realizo el pago mediante un talón conformado a nombre de la promotora en el momento que yo hago el talón el dinero sale de mi cuenta. Todavía no ha entrado en la promotora pero ha salido de mi cuenta.
En realidad yo he pagado. Otra cosa es que la promotora no lleve el talón al banco hasta unos días despues por el motivo que sea, pero yo habré pagado. Incluso puedo hacerlo constar con un notario para que quede fe de ello. Dicho pago puedo asimismo condicionarlo en un contrato y que el talon quede mientras tanto en consigna por una tercera persona neutral (el banco, el notario o quien sea, de común acuerdo entre las partes).
En resumen, yo habría pagado en el año 2012 con un talón conformado. No veo cual es el problema.
¿Me equivoco?

Anonymous
19 Diciembre 2012, 19:14

Por otra parte, está la vía del reciente decreto publicado en octubre respecto al iva de la construcción; es decir, el de la “no repercusión del iva en aplicación de la regla de inversión del sujeto pasivo en virtud del articulo 84 uno 2º F) de ley 37/1992”.

Según esto no sé si podría llegar a un acuerdo de compra por un importe inferior y despues la cantidad restante pagarlo en concepto de reforma de la vivienda a la constructora evitando el iva en virtud a la ley mencionada.

Supongo que es muy rebuscado..no?

Anonymous
19 Diciembre 2012, 20:02

He realizado la consulta a un asesor financiero, y me indican que bastaría con que la promotora me hiciera una factura y justificante de pago de la cantidad + iva pagada en concepto de anticipo por vivienda.
Según me indican el pago no es necesario que salga en ese momento de mi cuenta pudiendo realizarlo al cabo de unos días, siempre antes de que la promotora tenga que pagar a fin de mes el iva a hacienda por ese pago.

Anonymous
20 Diciembre 2012, 15:16

Muchas gracias por su respuesta.
Lo que creo entender es que si la promotora me Emite factura y justificante de pago con fecha de 2012 por el pago anticipado, estaría considerando realizado el pago.
Ese pago podría darselo a la constructora en enero de 2013 momento hasta el cual la promotora podría tener guardado ese justificante (De fecha 2012).

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