Las multas podrían ser de hasta 100.000 euros si se califican de graves o hasta un millón si son muy graves
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Viviendas
IREKIA/ ARRAZOLA
Europa Press ,

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a través de la Dirección General de Consumo, ha abierto una investigación a empresas de gestión del alquiler de viviendas que habrían obligado a los inquilinos a pagar una comisión por la gestión del arrendamiento o que les habrían obligado a firmar contratos temporales sin que la temporalidad estuviera justificada.

Según informan desde el Ministerio, la Dirección General de Consumo ha podido constatar que estas prácticas se habrían llevado a cabo por parte de empresas que operan en todo el territorio español.

Desde el Ministerio, encabezado por Pablo Bustinduy, recuerdan que estas prácticas están prohibidas después de que la Ley por el Derecho a la Vivienda modificara el Artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

El Artículo 20 de la LAU queda de la siguiente manera:

1. "Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.

En edificios en régimen de propiedad horizontal tales gastos serán los que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de participación.

En edificios que no se encuentren en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que se hayan asignado a la finca arrendada en función de su superficie.

Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración.

Los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador".

Además,  supondría un abuso según la Ley de Defensa de los Consumidores. Así, estas cláusulas o prácticas impuestas a los consumidores podrían ser constitutivas de diversas infracciones recogidas en el artículo 47 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias: el incumplimiento de las normas reguladoras de precios, la imposición injustificada de condiciones sobre prestaciones no solicitadas; el uso de prácticas comerciales desleales con consumidores o usuarios; o la introducción o existencia de cláusulas abusivas en los contratos.

De esta manera, las dos primeras infracciones podrían, en su caso, calificarse como graves y ser sancionadas con multas de hasta 100.000 euros pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido.

Para la tercera infracción, se podría, en su caso, calificarse como muy grave y ser sancionada con multas hasta un millón de euros, pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido.

Esta investigación se enmarca en la acción prioritaria del Ministerio que dirige Pablo Bustinduy de proteger los derechos de las personas consumidoras en el acceso a la vivienda.

"La vivienda es un derecho y un bien de primera necesidad amparado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), normativa que impide a las agencias inmobiliarias incluir cláusulas o prácticas que atenten contra los derechos que tienen los inquilinos", recuerdan desde Consumo.

El sector pide no estigmatizar a las agencias inmobiliarias

La Federación de las Asociaciones Inmobiliarias (FAI) ha asegurado que las inmobiliarias que están cobrando comisiones indebidamente a los inquilinos son "una minoría" y ha pedido que no se estigmatice al sector, a la vez que ha trasladado la "tolerancia cero" por parte del sector a estas "malas prácticas de unos pocos". Según remarca la FAI, los honorarios de agencia nunca han sido el problema de la subida de precios y pide no perder el foco sobre las verdaderas causas que lo están provocando.

“Entendemos que el Ministerio de Consumo cumple con su labor supervisando el cumplimiento de la Ley en relación con el supuesto cobro de comisiones a inquilinos que alquilan viviendas comercializadas por las agencias, pero pedimos prudencia sobre informaciones que tiendan o den pie a generalizar sobre el incumplimiento de la Ley de la Vivienda por parte de las agencias inmobiliarias”, añaden.

Según FAI, no se está en un contexto de "incumplimiento generalizado" en un sector compuesto por 120.000 profesionales y han reivindicado el papel de las agencias inmobiliarias en el proceso de alquiler.

"La ley (de Vivienda) hay que cumplirla pese a que consideremos que es una ley que no está solucionando el grave problema del alquiler, más bien está siendo contraproducente, ya que perjudica a quién pretende ayudar: al inquilino", han recalcado.

Además, han defendido el papel del agente inmobiliario como "garantía" por realizar "un labor intensa de contención de rentas, promoviendo contratos legales y priorizando siempre la mayor duración de los alquileres". Y concluyen que "estamos ante la emergencia habitacional más grave de los últimos 50 años y consideramos que hay que poner el foco en las verdaderas causas que lo están provocando".

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