Los contribuyentes pueden acogerse a deducciones estatales en materia de vivienda por ingresos vía rentas del alquiler y por obras de rehabilitación energética
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Oficina de la Agencia Tributaria en Madrid
Oficina de la Agencia Tributaria en Madrid Europa Press

Arranca la Campaña de la Renta. Desde el 2 de abril y hasta el próximo 30 de junio, los contribuyentes tendrán que presentar la declaración del ejercicio fiscal 2024 y los propietarios tienen a su disposición deducciones en materia de vivienda de carácter estatal.

Según recuerda el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU), está disponible tanto la deducción por los ingresos percibidos por rentas del alquiler y por las cantidades aportadas por obras de rehabilitación energética, con unas condiciones que varían en función de dónde se ubique el inmueble, la fecha de la firma del contrato o el tipo de actuación acometida para mejorar la eficiencia.

Baja la deducción general del alquiler para nuevos contratos

Una de las novedades de la Campaña de la Renta de este año es que los arrendadores se podrán desgravar el 60% en el rendimiento neto del alquiler de vivienda siempre y cuando el contrato de arrendamiento se formalizara antes del 26 de mayo de 2023, cuando entró en vigor la Ley por el Derecho a la Vivienda. 

Desde esa fecha, como dictaminó la propia Ley de Vivienda, la deducción general se reduce del 60% al 50%. Por tanto, los propietarios deberán tener muy en cuenta la fecha en la que firmaron sus contratos de arrendamiento de vivienda para confirmar la bonificación que se pueden aplicar.

La excepción a esa bajada de la deducción general es cuando se hayan acometido obras de rehabilitación en las viviendas arrendadas. En esos casos, aunque se trate de un contrato firmado desde el 26 de mayo de 2023, se mantiene la reducción del 60%.

Nuevas deducciones para viviendas cedidas o situadas en zonas tensionadas

La Ley de Vivienda también trajo consigo nuevas deducciones fiscales para casos muy particulares:

Por un lado, la deducción que se pueden aplicar los arrendadores asciende al 70% en el caso de viviendas cedidas o arrendadas a la Administración Pública o entidades del tercer sector, o acogidas a algún programa público de vivienda que limite la renta del alquiler.

En el caso de que las viviendas estén ubicadas en zonas declaradas como mercado residencial tensionado (solamente 271 municipios en Cataluña cumplían ese criterio en el ejercicio 2024), los propietarios también se podrán deducir el 70% de las rentas si su vivienda está alquilada a jóvenes de entre 18 y 35 años.

La deducción máxima es del 90%, pero solo está disponible para arrendadores que tengan una vivienda alquilada en una zona tensionada y siempre que hayan bajado el precio del alquiler al menos un 5% en relación con la renta fijada en el contrato anterior.

Deducciones por rehabilitación energética 

La deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de la eficiencia energéticas en viviendas establece tres tramos que se aplican sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual y en edificios residenciales. Dependiendo de la actuación y del tipo de inmueble, hay tres posibilidades sobre la mesa:

Deducción del 20% 

Esta deducción en el IRPF se aplica por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual. Debe tratarse de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual, y podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación y mejora en las que se obtenga una reducción de al menos un siete por ciento en la demanda de calefacción y refrigeración, según certificado de eficiencia energética de la vivienda. El porcentaje de deducción es de un 20% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.

Deducción del 40% 

Esta bonificación fiscal va destinada a actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual. 

Al igual que en el caso anterior, debe tratarse igualmente de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual, y podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación o mejora en las que se reduzca al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un 40% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda.

Deducción del 60%

Esta deducción se aplica en las actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales. 

A diferencia de los dos casos anteriores, debe tratarse de actuaciones de mejora que afecten al conjunto del edificio. Podrán acogerse las personas físicas en cuyo edificio se hayan realizado obras de mejora o rehabilitación en las que se obtenga una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética del edificio, o mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un 60% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.

Más de 122.000 viviendas rehabilitadas

Según los datos del Ministerio que lidera Isabel Rodríguez, en los tres ejercicios fiscales en los que han estado vigentes estas deducciones (de 2021 a 2023) "se han llevado a cabo deducciones por obras de mejora energética en un total de 122.862 viviendas y que han supuesto un ahorro de 319,70 millones de euros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas", con un ahorro promedio de 2.600 euros por vivienda rehabilitada.

En concreto, en el año 2021 se presentaron un total de 2.535 declaraciones, pasando a 55.761 en el año 2022 y elevándose dicha cifra hasta las 110.940 del año 2023, lo que suma un total de 169.236 declaraciones las presentadas en los tres años de aplicación.

A pesar del incremento constante de las cifras, que según el Ministerio "reflejan la concienciación creciente de la ciudadanía con la rehabilitación energética de las viviendas para reducir el consumo de combustibles fósiles", todavía está pendiente que el Congreso de luz verde a la ampliación de estas deducciones para el ejercicio fiscal 2025 (es decir, para la declaración de la renta que se hará el próximo año). 

El Gobierno aprobó la prórroga a finales de diciembre, pero la medida estaba incluida en el 'decreto ómnibus' que decayó en el mes de enero. No obstante, está previsto que el Ejecutivo vuelva a aprobar la medida para llevarla de nuevo al Parlamento y extender así otro año más este incentivo fiscal para la rehabilitación energética de viviendas y edificios.

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