La Junta de Extremadura ha aprobado el Decreto-Ley 2/2025, de simplificación en materia de urbanismo para la agilización de la aprobación del planeamiento y su ejecución para el impulso a la promoción de vivienda y otras medidas urgentes en materia de energía y función pública, una medida centrada en facilitar la construcción de vivienda protegida y social. Entre los principales cambios destacan la eliminación de cualquier límite temporal en la vigencia de los instrumentos de planeamiento municipal, permitiendo a los ayuntamientos adaptar y modificar sus planes según las necesidades actuales.
Además, el decreto amplía la posibilidad de ceder gratuitamente suelo para incrementar la construcción de viviendas protegidas, tanto en alquiler como en propiedad, y permite la conversión rápida de suelos dotacionales y terciarios sin demanda en espacios residenciales.
Junto a estas medidas, también encontramos la posibilidad de construir viviendas dotacionales públicas en equipamientos y servicios, facilita la transformación de locales de uso terciario en viviendas y sustituye la tradicional licencia de primera ocupación por una declaración responsable, reduciendo el tiempo para habitar nuevas viviendas.
- Reutilización y transformación del suelo urbano y dotacional
- Declaración responsable para la ocupación de viviendas
- Agilización y simplificación del planeamiento
- Cesión de suelo público para vivienda protegida
- Reutilización y transformación del suelo urbano y dotacional
- Reequilibrio de zonas verdes y estándares urbanos
- Otras medidas aprobadas: energía y función pública
Reutilización y transformación del suelo urbano y dotacional
Una de las novedades más relevantes es la autorización para edificar vivienda dotacional pública (inmuebles sociales gestionados por la administración o en colaboración público-privada) directamente en suelos y edificios destinados a equipamiento público o servicios, sin necesidad de modificar el planeamiento, siempre que se garantice una dotación básica de servicios y zonas verdes.
Además, en suelos urbanos destinados a uso terciario, siempre que no exista demanda de este uso y sí para vivienda protegida, será posible cambiar su destino a residencial protegido como uso alternativo, agilizando los procedimientos e impulsando la regeneración urbana y la oferta asequible.
También se prevé transformar locales y elementos privados de uso terciario en edificios de viviendas colectivas en nuevos hogares, para dar salida inmobiliaria a espacios en desuso y adaptarlos a la demanda habitacional.
Declaración responsable para la ocupación de viviendas
Otra de las medidas con impacto en el ciudadano es la sustitución de la tradicional licencia de primera ocupación por el mecanismo de la declaración responsable. Ahora, para ocupar o utilizar una vivienda recién construida o rehabilitada bastará con presentar una declaración responsable, acompañada de la documentación pertinente ante el Ayuntamiento, permitiendo al usuario acceder al uso del inmueble de forma prácticamente inmediata, mientras la administración realiza controles con posterioridad.
El texto también abre la puerta a la colaboración con el sector privado mediante la creación de entidades de certificación urbanística. Estos organismos podrán emitir informes y certificaciones en materia de licencias y ocupaciones, descargando a los ayuntamientos de parte de los trámites más técnicos y acortando la espera para promotores y particulares. Estos agentes deberán estar acreditados por la ENAC (Entidad Nacional de Acreditación).
Agilización y simplificación del planeamiento
Otra de las medidas clave consiste en eliminar cualquier limitación temporal sobre la vigencia de los instrumentos de planeamiento municipal. Hasta ahora, los planes generales, normas subsidiarias y proyectos de delimitación del suelo urbano tenían plazos que, en su expiración, ponían en riesgo el desarrollo urbanístico del 71% de los municipios extremeños, según la Junta.
Con este decreto, dichos instrumentos podrán modificarse sin límite de tiempo, permitiendo a los ayuntamientos adaptar el planeamiento a las demandas cambiantes y, especialmente, aumentar la disponibilidad de suelo para uso residencial.
El periodo de información pública para modificar los Planes Generales Municipales también se reduce a un mes cuando no sea necesario someterse a evaluación ambiental estratégica ordinaria, acelerando uno de los pasos administrativos claves en el urbanismo local.
Asimismo, se agilizan las modificaciones tanto a nivel municipal como autonómico: las relativas a la ordenación detallada podrán aprobarlas directamente los ayuntamientos si cuentan con informe favorable de la Dirección General de Urbanismo. Las que afectan a la ordenación estructural corresponderán a la Comunidad Autónoma.
Cesión de suelo público para vivienda protegida
El decreto amplía la posibilidad de ceder gratuitamente suelo público municipal a otras administraciones y empresas públicas de cualquier nivel para la construcción, conservación y mejora de viviendas sujetas a protección pública.
Antes, sólo se podía transferir suelo entre administraciones del mismo nivel; ahora, con independencia del origen, se podrá movilizar patrimonio de suelo para potenciar la colaboración interadministrativa y poner más vivienda protegida en el mercado, especialmente en alquiler y propiedad asequible.
Reutilización y transformación del suelo urbano y dotacional
Una de las novedades más relevantes es la autorización para edificar vivienda dotacional pública (inmuebles sociales gestionados por la administración o en colaboración público-privada) directamente en suelos y edificios destinados a equipamiento público o servicios, sin necesidad de modificar el planeamiento, siempre que se garantice una dotación básica de servicios y zonas verdes.
Además, en suelos urbanos destinados a uso terciario, siempre que no exista demanda de este uso y sí para vivienda protegida, será posible cambiar su destino a residencial protegido como uso alternativo, agilizando los procedimientos e impulsando la regeneración urbana y la oferta asequible.
También se prevé transformar locales y elementos privados de uso terciario en edificios de viviendas colectivas en nuevos hogares, para dar salida inmobiliaria a espacios en desuso y adaptarlos a la demanda habitacional.
Reequilibrio de zonas verdes y estándares urbanos
La proliferación de vivienda en suelos donde antes predominaban otros usos deberá estar compensada con la creación o reserva de zonas verdes y dotaciones necesarias para mantener el equilibrio urbano, asegurando calidad de vida y sostenibilidad.
Otras medidas aprobadas: energía y función pública
El decreto no limita sus reformas únicamente a la vivienda. En materia de energía, se facilita la implantación de redes de transporte y distribución eléctrica en el entorno rural y caminos públicos, eliminando restricciones que bloqueaban proyectos de energías renovables esenciales para la región, como líneas eléctricas y subestaciones estratégicas, con el objetivo de promover el desarrollo económico y la sostenibilidad.
En el ámbito de función pública, se amplía la duración máxima de los nombramientos de personal funcionario interino hasta los cuatro años, se equiparán los derechos de formación entre personal eventual e interino, y se implanta la revisión anual de la prórroga en el servicio activo (más allá de la edad de jubilación), condicionada a informes de salud para garantizar la capacidad funcional.
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