¿Qué ocurre cuando unas obras en la vía pública terminan provocando daños en un edificio? La Sección Civil del Tribunal de Instancia de Ourense nos da la respuesta, recordando la importancia de respetar las condiciones autorizadas.
Sigue a idealista/news en el canal de Whatsapp
El juzgado ha condenado a una empresa a indemnizar a una comunidad de propietarios por los daños causados durante la ejecución de unos trabajos que provocaron una fuga de agua. La sentencia, del 28 de abril, analiza el papel de cada entidad implicada y concluye que la causa del incidente fue una modificación del trazado.
La decisión resulta especialmente relevante porque aborda una cuestión muy frecuente en materia de responsabilidad civil: quién responde cuando intervienen varias compañías.
Indemnización por daños durante unas obras
Los hechos se remontan al 1 de marzo de 2023, cuando se estaban ejecutando trabajos de canalización para una acometida de gas en una calle de Ourense. Entonces se produjo una importante fuga que terminó causando daños en un edificio próximo.
Lo que en principio parecía una incidencia propia de una obra urbana acabó teniendo consecuencias mucho más graves. La salida de agua provocó el deterioro del terreno y afectó a diversos elementos del inmueble, lo que llevó a la comunidad a reclamar los daños sufridos.
Tras analizar la documentación aportada, las declaraciones y los informes técnicos incorporados al expediente, el tribunal dio la razón a los vecinos y reconoció su derecho a ser indemnizados.
La licencia municipal y las condiciones técnicas de la obra
La sentencia explica que el Ayuntamiento de Ourense había concedido la licencia a una empresa para ejecutar las obras, pero como suele ocurrir en este tipo de actuaciones, la mercantil contrató a otra para llevar a cabo la ejecución material.
En este punto conviene aclarar que el proyecto debía ajustarse a las condiciones fijadas por los servicios técnicos municipales y al contenido del expediente administrativo, que establecía el recorrido previsto para la acometida.
La importancia de respetar el trazado aprobado en la licencia
Lo determinante para resolver el caso fue comprobar si la obra se había ejecutado respetando las condiciones técnicas del Ayuntamiento. La jueza concluye que los trabajos se desarrollaron al margen del trazado previsto, destacando que no constaba que esa variación hubiera sido comunicada o autorizada por la titular de la licencia.
Por su parte, aunque la empresa concesionaria del servicio de abastecimiento de agua conocía el trazado contemplado en el proyecto, no fue informada de que la excavación fuera a realizarse en otra ubicación, por lo que no pudo adoptar las medidas oportunas respecto de una zona que, en principio, no iba a verse afectada.
Cómo una fuga de agua terminó provocando el derrumbe de un muro
Entre los elementos probatorios destaca el informe del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil del Ayuntamiento de Ourense, que permitió reconstruir la secuencia de los hechos.
Según la documentación incorporada al expediente, el siniestro se originó cuando los operarios, al realizar perforaciones, picaron un taco de hormigón que servía de anclaje y apoyo al tapón del final de la línea general de abastecimiento de agua.
Al verse privado de este soporte, la elevada presión provocó que saliera despedido, originando un chorro que golpeó contra el muro de un colegio y contra las escaleras laterales del edificio colindante.
Esta salida masiva de agua provocó la saturación del terreno, un proceso de lavado de finos (pérdida de sedimentos del subsuelo) y un fuerte empuje hidrostático. La combinación de estos factores produjo el descalce del apoyo del muro de contención, lo que ocasionó que tanto el cierre perimetral como las escaleras colapsaran hacia el interior del patio del centro escolar. El edificio fue evacuado ante las dudas sobre su seguridad y los residentes de la vivienda del sótano tuvieron que ser rescatados por los bomberos.
La comunidad acreditó tanto el origen del siniestro como la entidad de los daños mediante informes técnicos y testificales y el tribunal concluyó que, de haberse realizado los trabajos siguiendo el trazado autorizado, el siniestro no se habría producido.
Por qué responde la contratista aunque existiera una subcontrata
Si bien la ejecución material fue realizada por una subcontrata, la jueza considera acreditado que la actuación se desarrolló bajo la dirección y supervisión de la contratistaprincipal, subrayando que el jefe de obra estuvo presente durante el inicio de los trabajos, por lo que conocía (o debía conocer) cómo se estaban ejecutando.
En cuanto a la empresa titular de la licencia, el juzgado descarta su responsabilidad al no constar que conociera ni autorizara la modificación. Del mismo modo, la concesionaria del agua no pudo adoptar las medidas de prevención oportunas porque no se realizó un replanteo previo de la obra en la nueva ubicación.
Por ello, el juzgado condena a la contratista al pago de 6.595,71 euros, más los intereses legales y las costas del procedimiento, aunque la sentencia puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial.
Sigue toda la información inmobiliaria y los informes más novedosos en nuestra newsletter diaria y semanal. También puedes seguir el mercado inmobiliario de lujo con nuestro boletín mensual de lujo.








Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta