Condenada una comunidad de vecinos por la caída de una persona en el acceso al edificio
Las caídas en los accesos a los edificios, aunque no suelen ser habituales, sí pueden suponer un quebradero de cabeza para una comunidad de propietarios. Así lo ha entendido la Audiencia Provincial de Barcelona, que en sentencia 9627/2025, ha condenado a una comunidad de Pineda de Mar a indemnizar con casi 6.171 euros a una vecina que sufrió una caída en el acceso al inmueble, al considerar que el pavimento presentaba un desnivel poco visible y carente de señalización, lo que convertía la zona en un punto peligroso para el tránsito. De esta manera, la sentencia revoca el criterio del juzgado de primera instancia, que había atribuido el accidente a un “riesgo general de la vida”.