En las comunidades de propietarios, las decisiones relativas a los elementos comunes —como los jardines— son competencia de la comunidad. Sin embargo, cuando las decisiones afectan de manera directa y negativa a uno de los propietarios, como puede ser la eliminación de un árbol que proporciona sombra o privacidad, surgen dudas sobre los derechos individuales frente a los acuerdos colectivos. "El cuidado, limpieza, poda o tala de los árboles plantados o emplazados en zonas comunes, corresponde exclusivamente a la comunidad de propietarios, por lo que el hecho de que al eliminarlo reste privacidad a un propietario no es obstáculo para que la comunidad puede proceder a su retirada”, comenta a idealista/news Roberto Mangas, asesor jurídico del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid (CAF Madrid).