
El pasado 25 de mayo se publicó definitivamente en el BOE la nueva Ley 12/2023 por el derecho a la vivienda, tras un largo proceso de enmiendas y de debate parlamentario.
Las novedades introducidas por esta Ley son las que ya hemos comentado en anteriores artículos, ya que el Senado no modificó finalmente el espíritu de las medidas aprobadas en el Congreso de los Diputados.
No obstante, a pesar de la novedad y el cambio que parecía prometer la reciente Ley, en especial en materia de regulación de los precios del alquiler, es inevitable valorar el impacto que puedan llegar a tener los resultados electorales del pasado 28 de mayo y la victoria del Partido Popular en no pocas Comunidades Autónomas.
La Ley dibuja un marco legal en el que en muchas situaciones son las Comunidades Autónomas las que tienen las herramientas para establecer la implantación y realidad final de las medidas aprobadas en materia de vivienda y alquiler.
A modo de ejemplo, una de las novedades legislativas más relevantes es la de la declaración de zonas tensionadas, que serían aquellas áreas en las que exista un riesgo de oferta insuficiente de vivienda y sobre las que existirían ciertos límites sobre la autonomía y discrecionalidad del propietario a la hora de determinar la renta del alquiler. La determinación de dichas áreas estaría en manos de las Comunidades Autónomas, que “podrán declarar… zonas de mercado residencial tensionado” (artículo 18 de la Ley de Vivienda).
Así es todo, el Partido Popular ya ha declarado que no llevará a cabo la implantación de la Ley de Vivienda (en todo aquello que dependa de decisión autonómica) en aquellas Comunidades en las que gobierna.
No solo podríamos estar ante una inaplicación en un plano autonómico, sino que, estando a las puertas de unas inminentes elecciones generales el próximo 23 de julio, podría pensarse que una posible derogación de la Ley de Vivienda estaría encima de la mesa en caso de que el Partido Popular llegase a la Presidencia.
Esto, de llegar a suceder, supondría el fin de una Ley que no habría tenido aplicación práctica dada su corta vida, a pesar de los años de gestación previos. Asimismo, como ya ha planteado la actual ministra de Economía, Nadia Calviño, en caso de derogarse la Ley, ello haría peligrar la concesión de préstamos y transferencias de los fondos europeos, ya que la Comisión Europea, para proceder al otorgamiento de dichos fondos, evalúa previamente si se han cumplido de manera satisfactoria los hitos y objetivos establecidos, presuponiendo que el Estado miembro no haya revocado medidas relacionadas con dichos hitos. Todo ello se encuentra recogido en el Reglamento del Plan de Recuperación (art. 24).
En este sentido, uno de los hitos marcados en la agenda del Plan de Recuperación de España es la mejora de la situación actual relacionada con el parque de vivienda pública y la iniciativa privada para alquiler asequible, por lo que una posible derogación de la Ley de Vivienda recientemente aprobada podría llegar a ser considerada como una revocación de una norma encaminada a cumplir un hito del Plan de Recuperación.
Con todo ello, solo cabe esperar y ver si estamos ante el despliegue de efectos de la nueva Ley de Vivienda o si, por el contrario, estamos ante una crónica de una muerte anunciada.
Natalia Tova es abogada y miembro del equipo especializado en Real Estate de EY Abogados. Es experta en derecho inmobiliario, en especial, en operaciones de compraventa, arrendamientos urbanos y en el ámbito de los contratos de construcción.
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