Declarados nulos los intereses de demora y gastos de una hipoteca tras adjudicarse la vivienda el banco
El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Pamplona ha declarado nula por abusiva las cláusulas de los gastos hipotecarios e intereses de demora de una hipoteca que fue ejecutada y subastada en 2015. Condena al banco a abonar al deudor hipotecario las cantidades abonadas por él mismo derivadas del proceso de ejecución hipotecaria, además de pagar las costas. La sentencia tiene interés legal porque la declaración de nulidad de dichas cláusulas se produce después de que la vivienda fuera ya adjudicada a la entidad financiera.



