Al adquirir una vivienda puedes pagarla de varias formas, teniendo en cuenta, además, los gastos añadidos que conlleva esta operación, como, por ejemplo, los gastos de notaría y registro de la propiedad, entre otros. Y estos gastos se pueden hacer mediante tarjeta de crédito, transferencia bancaria o cheque nominativo. En cuanto al ITP-AJD, se autoliquida mediante el Modelo 600 y puede pagarse de manera presencial en la Delegación de Hacienda o también online a través de la web de la Agencia Tributaria.